La Ley N° 31751, que modificó el artículo 84 del Código Penal y 339 del Código Procesal Penal para establecer un límite legal máximo de un año, respondió a una necesidad y, por tanto, a un interés que corresponde a los imputados por diversos delitos en los que se ha superado notablemente el plazo razonable para ser juzgados, así como a la falta de una respuesta oportuna a las víctimas.
Ana Calderón Sumarriva
Ante las dificultades probatorias de algunos delitos cometidos en clandestinidad, se fueron adoptando técnicas especiales de investigación como la intervención de comunicaciones, el uso de agentes encubiertos (especiales e inclusive digitales), entre otros.
La Ley aprobada por el Congreso de la República y que se encuentra en manos del Ejecutivo para su observación o promulgación limita la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad.
El proyecto que modifica el artículo 317° del Código Penal sobre organizaciones criminales, aprobado por la Comisión Permanente del Congreso, ha generado polémica, especialmente porque se sostiene que afectaría los procesos en trámite.
En las últimas décadas, ha sido significativa la mutación en el tratamiento de las víctimas en el proceso penal. Ellas tienen ahora reconocimiento como un sujeto sui géneris en el proceso penal nacional.
Un principio que está presente en el proceso penal es del de gratuidad, el cual constituye una garantía al acceso a la justicia y, especialmente, al ejercicio pleno del derecho de defensa, al evitar que dicho derecho esté condicionado a la situación socioeconómica del imputado o de la víctima.
Nuestro sistema jurídico acoge sobre las personas jurídicas el principio de non potest delinquere (la sociedad no puede delinquir).
La normatividad interna ha avanzado en el intento de hacer efectivos los compromisos adoptados por el Estado cuando ratificó la Convención de Belem do Pará.
La función policial tiene reconocimiento constitucional respecto a la seguridad y prevención del delito, y sobre la base de ello, es posible que pueda efectuar el control de identidad de la ciudadanía, sin que requiera una autorización previa de un juez o el control directo del Ministerio Público.
Al ser un problema presente y en crecimiento los delitos que involucran a diversas entidades del Estado como a empresas privadas (por ejemplo, lavado de activos, corrupción en la contratación pública, minería ilegal, entre otros), se considera desde los estudios criminológicos que es necesaria la prevención situacional del delito.
Uno de los delitos con mayor incidencia es el de omisión a la asistencia familiar, a pesar de la severidad con la que se trató el incumplimiento de la obligación alimentaria hasta el punto de establecer pena privativa de libertad efectiva, como sucedió años previos a la pandemia de la COVID-19.
Difícilmente la Parte General del Código Penal sufre modificaciones al contener normas derivadas de institutos generales de larga tradición, desarrollados en la dogmática penal que suelen concretarse en la aplicación a tipo penales específicos en las imputaciones fiscales.
En el desarrollo jurisprudencial sobre el contenido que se debe otorgar al presupuesto material de peligro procesal relacionado con una presunción de fuga del investigado, se ha establecido un conjunto de factores o criterios objetivos, los que deben ser evaluados en concreto, por lo que no deben constituir meras especulaciones.
El 1 de mayo se recordó mundialmente el Día del Trabajo en conmemoración de los “mártires de Chicago” y en el año 1955, el papa Pío XII reafirmó dicho reconocimiento al señalar esta fecha como Día de San José Obrero. Hoy, el trabajo es reconocido como un derecho fundamental en diversos instrumentos supranacionales y en las normas constitucionales.
A primera vista se puede considerar una manifiesta afectación al estado de inocencia –que consagra la Constitución en su artículo 2 inciso 24 literal e) y el Código Procesal Penal en el artículo II de su Título Preliminar–, presumir la fuga o la obstrucción de la justicia para dictar medidas de coerción de carácter personal, especialmente la prisión preventiva, cuando todavía estamos en el esce
Desde siempre, se reconocía la maternidad como una experiencia única pero legalmente invisible. Hoy, se le reconoce como una de las bases de la discriminación de la mujer. Es recién a principios del siglo XX que merece una atención especial en la legislación social – laboral, y luego se le ha reconocido paulatinamente en otras áreas del Derecho.
En nuestro país, se consagra en la norma constitucional y en el Título Preliminar del Código Procesal Penal vigente la presunción de inocencia.
El Congreso aprobó por insistencia la Ley N° 31990 que modifica los artículos 473°, 476°-A y 481°-A del Código Procesal Penal, adoptando medidas que fortalecen el proceso especial de colaboración eficaz.