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¿Reformar para distraer?

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Fecha Publicación: 05/08/2019 - 21:40
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El presidente Vizcarra, con buenos reflejos, aprovechó el escándalo de los audios de magistrados y jueces para impulsar una reforma constitucional que permitiera eliminar el CNM para formar la novísima Junta Nacional de Justicia, la misma que aún no se implementa y ya no aparece en la lista de urgencias. A pesar de su fama de obstruccionista, el Congreso acompañó dócilmente el voluntarismo presidencial, sin poder reponerse del ataque del sector de la prensa que sobrevive gracias a la publicidad estatal.

Con un abrumador referéndum, se suprimió también la reelección parlamentaria, quitándole el incentivo a la profesionalización de la política, y luego se sumaron seis proyectos de ley, para una supuesta urgente e impostergable reforma política, cuyos detalles hemos discutido en diversos foros académicos y parlamentarios, habiendo el Congreso aprobado cinco de ellos con pocas modificaciones, pero que ahora pasan a segundo plano al ser postergadas por una nueva y estridente urgencia, el adelanto de elecciones generales.

La nueva consigna presidencial es hacer aprobar la reducción del mandato del Congreso y del mismo Gobierno. El proyecto apenas otorga 30 dias al Congreso para debatir y aprobar un proyecto que viola el nucleo duro constitucional, no susceptible de reforma, al colisionar con el principio de separación de poderes por obviar las competencias del Congreso y modificar plazos que otorgan carácter al régimen presidencial, de mandatos rígidos. La confrontación política del último año fue causada en gran medida por el propio Ejecutivo, pero es obvio que más allá de una pugna, no hay una crisis política que no se pueda resolver haciendo política, negociando y pactando soluciones satisfactorias para las partes. Lejos estamos del año 2000 y de las disposiciones transitorias de emergencia.

Así como el Congreso no podría reducir a placer el mandato de los actuales directores del BCR, pues el efecto solo se produciría en el siguiente período, no cabe una reforma aplicable para el actual período congresal ni presidencial; tampoco esperar el debate en la Comisión de Constitución para plantear una Cuestión de Confianza, pues el TC ya determinó que ésta procede en el apoyo de medidas gubernamentales, descartando entonces el control del ejercicio del poder constituyente derivado, que es función exclusiva del parlamento. No es serio seguir forzando falsos escenarios de confrontación política para distraer a la opinión pública, arriesgando incluso a la Constitución, que debe limitar la voluntad del gobernante y que requiere estabilidad y rigidez. Nos jugamos el futuro de nuestra democracia y la vigencia del Estado de derecho.