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¿Quién es dueño del escaño?

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Fecha Publicación: 05/09/2022 - 22:40
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La representación política corresponde a la evolución de la originaria intermediación de las ciudades ante las Cortes Generales, perdiéndose el antiguo mandato imperativo por la imposibilidad de consultar permanentemente con los electores. Así, el representante es provisto de un mandato popular con la posibilidad de actuar por cuenta propia, de acuerdo a su inteligencia y criterio, considerándose que ejerce una representación nacional, actuando entonces en procura del bien común y no solo del interés de sus propios electores. De esa forma, el escaño ya no es de las ciudades sino del elegido.

En el siglo XX los partidos políticos encuentran su mayor nivel de organización y disciplina, desarrollando su acción política en el ámbito legislativo a través de grupos parlamentarios, para cumplir sus objetivos programáticos y, al mismo tiempo, satisfacer las necesidades de sus electores. Resulta lógica la tensión entre el parlamentario y su respectivo grupo, resolviéndose satisfactoriamente con el uninominalismo mayoritario porque el partido soporta las peculiaridades de su parlamentario, en la medida de su arraigo y popularidad en el distrito electoral; mientras que en el sistema proporcional la clave es cómo se confecciona la lista cerrada, que hace dueño del escaño al partido.

La sentencia TC del expediente 0006-2017-PI, de agosto de 2017, fue útil al enemigo de la mayoría parlamentaria de ese momento, pero su inspiración roussoniana no es coherente con la necesidad de garantizar el trabajo serio y estable de los grupos parlamentarios en el Congreso. En nuestro país, la agrupación electoral que presenta la lista es la que obtiene la vacante, una regla electoral es la que determina quién la ocupa. Por tanto, quien sostenga la necesidad de separarse del grupo por razones de conciencia, debe afrontar un costo o limitación, para evitar el cálculo malicioso de una mejor ubicación. Cualquiera sea el motivo de la separación, el congresista debería permanecer en el grupo mixto durante dos legislaturas ordinarias, imposibilitado de integrar otro grupo, la mesa directiva de la Cámara, ni la presidencia de alguna comisión. Si realmente existió una objeción de conciencia, ésta será obvia a la prensa y a los electores, quienes juzgarán la actuación del parlamentario.

El Congreso, órgano imprescindible en esta grave crisis política, necesita obtener legitimidad para conjurar cualquier intento de supresión inconstitucional y, para ello, debe sancionar las inconductas de sus integrantes, reducir el transfuguismo y, de ser posible, el número de grupos parlamentarios para desarrollar una labor seria y coherente, en procura de consolidar la democracia, aún en esta grave crisis que amenaza prolongarse sin aparente solución.

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