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Populismo en la cabina

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Fecha Publicación: 28/07/2025 - 22:20
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Como era previsible, el triunfo electoral de la fórmula presidencial del extremista Perú Libre ha tenido consecuencias desastrosas para el Perú. La dispersión de opciones de derecha en 2021 y la arbitrariedad del JNE permitieron que Pedro Castillo fuese presidente con apenas el 18.92 % de apoyo programático. Su golpe de Estado pudo provocar un baño de sangre; bastaba que un par de generales se plegaran al comunista y se enfrentaran a sus colegas respetuosos de la Constitución, pero claro, la manipulación de prefectos y el dinero de la minería ilegal propiciaron la violenta sublevación de radicales en el sur, disfrazada de protesta social.
El Congreso fue elegido con un secuestrado Acción Popular y con los otros dos partidos tradicionales, el Apra y el PPC, anulados por decisiones del JNE que posteriormente fueron declaradas inconstitucionales por el TC. En consecuencia, listas congresales de dudosa calidad fueron catapultadas por candidatos presidenciales populistas, lo que significó que los grupos políticos verdaderamente comprometidos con el sistema democrático y con la economía social de mercado quedaran en franca minoría.
Solo así se explica que entre los desaciertos de este Congreso figure la aprobación, en primera votación, de dos proyectos que modifican la Ley de Aeronáutica Civil, que contravienen no solo la Constitución Económica, sino el sentido común. Para explicarlo con sencillez, cabe hacer una analogía: ¿Podría beneficiar a los consumidores que los teatros y estadios de fútbol no cobraran por la ubicación del asiento? A primera vista, quienes lograsen adquirir rápidamente su entrada podrían acudir a los palcos por el mismo precio de quienes, al demorar la compra, solo podrían acceder a las peores ubicaciones. ¿Sería justo? No, porque se ofrecería un precio único promedio, elevando el costo para los asientos que antes eran accesibles a los aficionados de menores recursos. Lo mismo sucedería con el transporte de pasajeros, ya sea terrestre, marítimo o aéreo. La medida terminaría afectando a quienes supuestamente se quiere beneficiar.
Siendo contraria al sentido común, la medida es inconstitucional. La actividad económica está reservada a los particulares, y solo excepcionalmente el Estado puede intervenir en ella restringiendo derechos fundamentales, en este caso, libertad de empresa y de contratación, atendiendo a los principios de legitimidad, de necesidad, de idoneidad y de proporcionalidad en sentido estricto.
Del análisis crítico de los proyectos se entiende que no existe discriminación alguna que justifique la intervención estatal en una actividad económica regida por convenios y prácticas comerciales de carácter internacional, pues la diferenciación es legítima cuando se sustenta en criterios claros y proporcionales al objetivo del servicio, ofreciendo al usuario la posibilidad de priorizar su ubicación según su preferencia.
La vigencia efectiva de la Constitución Económica ha permitido a los peruanos navegar con relativa tranquilidad la actual crisis moral y política. Por ello, los congresistas deben ser conscientes de su grave responsabilidad y enmendar esta equivocada decisión.

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