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Las mafias en la administración local - la crónica II

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Fecha Publicación: 23/04/2025 - 21:20
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Tras la impunidad inicial que hemos visto al inicio de esta crónica de administración pública, surge el crecimiento de la actividad. Comienza de forma sigilosa y después a toda máquina, hasta llegar a actuar con el tiempo con la más absoluta desfachatez.
Así, hasta que haya la suerte de que los componentes del grupo, con sus cerebros enquistados de mafia, corrupción, cúpulas y ambición, queden inhabilitados, con la intervención de la auditoría de la Contraloría General de la República, y finalmente terminen en prisión o inhabilitación.
Las mafias de políticos están formadas exclusivamente por miembros electos de la Entidad. En estos casos, el papel de los empleados públicos se reduce al de meros colaboradores necesarios, vulgarmente conocidos como “desvergonzados” o “lamebotas”, cuyas acciones u omisiones responden al miedo o a la necesidad de encubrir faltas propias o ajenas a la Entidad.
Otro grupo dentro de la mafia de empleados públicos es el que se ha llamado tradicionalmente mafia funcionarial, pero con el devenir del tiempo, es más adecuado denominarla mafia de empleados públicos, ya que el empleo público lo componen, junto con los funcionarios, el personal laboral y el personal eventual, incluyendo ciertos puestos directivos difíciles de catalogar pero fáciles de crear e implementar, a sabiendas de que no reúnen los requisitos mínimos para ocupar cargos de funcionarios que no les corresponden.
Esta clase de mafias es más peligrosa que la de los políticos, dada su mayor destreza como conocedores del “oficio” y su mucha mayor duración temporal, debida a que no están sujetos a los vaivenes propios de la vida política y actúan independientemente del partido gobernante. Esta clase de mafiosos son “hombres de corcho” que flotan en todas las situaciones. En estos casos, los papeles se invierten respecto a lo antes mencionado, y aquí es el político el que, sin formar parte del grupo, es el colaborador necesario, aquejado de amnesia selectiva si alguna vez se descubre el “pastel”.
La Ley del Servicio Civil (Ley N.º 30057) y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 040-2014-PCM, así como el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República (Resolución de Contraloría N.º 146-2021-CG), facultan a los Órganos de Control Institucional (OCI) a auditar y sancionar este tipo de omisiones.
Esta crónica apenas inicia. Existen diversas aristas que debemos poner sobre el tapete, pero puede dejarse como exhortación que estas mafias, que no tienen un ápice de moral ni valores, intercambian a los gerentes municipales entre sus “amiguis”, rotándolos entre municipios con puestos de funcionarios.
Sin embargo, existe un eje central que nadie debe tocar ni utilizar para su beneficio personal o para proyectar una imagen que no es genuina: hacer mafia dirigida hacia los ANIMALES es una BAJEZA.
Nosotros podemos hablar, pero ellos no. Ellos no saben quién gerencia el área donde esperan asistencia veterinaria, ilusión de adopción, y que la población se instruya en el derecho animal.
Todo ello lo podría ver un gerente de arqueología y no el de salud, que es el profesional idóneo. Es un puesto obsequiado dentro de las cúpulas, donde se perjudica a los animales simplemente porque ¡NO LES INTERESA LA VIDA Y SALUD ANIMAL!

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