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La resistencia del Ministerio Público

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Fecha Publicación: 06/11/2024 - 21:20
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Como sabemos y hemos visualizado mediante las redes sociales, prensa escrita y televisiva, el caso de KYRA, YANGO Y ARGUS, animales de compañía del señor KURT WOLL DE LA PEÑA, los cuales se difundieron hace casi dos meses, procedente de ello se inició una denuncia penal, que a la fecha se encuentra en etapa investigatoria.

Son once los denunciantes del edificio ubicado en el distrito de Surco, los que muestran temor y a su vez exigen que en esta etapa se cumplan las diligencias pertinentes, tales como la búsqueda de los tres animales de compañía del imputado, ya que el mismo se retiró de su domicilio luego de la visita de Fiscalización y PNP del distrito de Surco, que para infortunio de estos inocentes animales, el personal comandado por el área de Gerencia de Desarrollo Social desconocían el procedimiento y protocolos para este operativo, teniendo la evidencia flagrante en sus manos.

Esto ha causado que el proceso judicial sea más lento puesto que el TERCER DESPACHO-PRIMERA FISCALÍA CORPORATIVA PENAL DE SANTIAGO DE SURCO-BARRANCO, hasta la fecha no realiza las diligencias para ubicar a los animales y hacerles el examen por parte del etólogo tanto como el médico veterinario forense, lo cual ya se ha solicitado. Sin embargo lo más abrumador y poco diligente es que hasta la fecha el señor KURT WOLL DE LA PEÑA no acude a ninguna audiencia. En esa linea es increíble mencionar que con fecha 4 de noviembre de 2024, a horas 8:15 a.m., se había reprogramado la declaración a la que sí asistió el imputado, junto con su abogado de defensa, a la misma hora que ingresó a la audiencia virtual la SEÑORA FISCAL EVA ROSA MALPICA IGNACIO, la cual indicó que se reprogramaba nuevamente la declaración del señor Woll de la Peña y que paralelamente ella tenía otras diligencias que resolver.

Cabe resaltar que el imputado solo hizo acto de presencia y no emitió palabra alguna, puesto que se le preguntó a la fiscal, que si ya estaba en sesión virtual, el imputado, su defensa técnica y la defensa de los once denunciantes, se podía realizar de forma célere la declaración del imputado, a lo cual indicó que el señor Woll de la Peña no podía quedarse por tener otras cosas que atender.

Estamos ya terminando el plazo que exige la etapa investigatoria, no es factible que estas situaciones ocurran, o será ¿que el señor Woll de la Peña podria tener un trato especial?, dado que la Fiscalía tiene conocimiento de su centro de labores, que el imputado realiza sus actividades cotidianas de forma normal, lo que se interpreta en la tesis que no existe interés legítimo para obrar de parte de la Fiscalía mencionada y una autoconfianza genuina e inembargable de parte del señor Kurt Woll de la Peña, hacia el presente proceso en su contra por ACTOS DE CRUELDAD ANIMAL.

Es menester respetar las etapas de los procesos, actuar con diligencia, celeridad, ser imparcial, pues para ello está el aparato judicial, para accionar y no dilatar. Este presunto delito tiene que llegar hasta la última etapa, pues como sociedad y Estado de derecho democrático no se va a permitir omisión o distracción e inacción de los colegiados que están a cargo de la causa presente.

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