ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

A corregir errores

Imagen
Fecha Publicación: 26/04/2021 - 20:40
Escucha esta nota

Lo fascinante del Derecho Constitucional, hijo de la tormentosa convivencia del Derecho con la Política, es que suele poner en evidencia a quienes intentan manipular sus principios para satisfacer los apetitos y necesidades inmediatas, revistiéndolos con rebuscados argumentos a la medida del transitorio gobernante. No es la primera vez, ni será la última, en la que veamos a académicos y magistrados al servicio del poder; sucedió con Carl Schmitt y seguirá ocurriendo porque la naturaleza humana es compleja y débil.

Siendo que el principio de separación de poderes consiste en la disposición de mutuos frenos y contrapesos entre Ejecutivo y Legislativo, de manera que ninguno pueda concretar su voluntad sin la colaboración del otro, se sostuvo que el presidente del Consejo de Ministros, por instrucción del presidente de la República, puede plantear a sola voluntad, tantas Cuestiones de Confianza como le apetezca, sin ningún límite efectivo, arrinconando al Congreso que, de no obedecer el planteamiento por segunda vez, es disuelto sin que se haya puesto en ningún momento en riesgo la permanencia del jefe de gobierno. Este año, un auténtico comunista podría ocupar Palacio de Gobierno y aprovechar ese desequilibrio para fortalecer a Vizcarra, por lo que se hace evidente la necesidad de corregir esa interpretación absurda.

La no reelección parlamentaria es otra modificación perversa, condena al congresista a no poder intentar mantener y acrecentar la confianza de su electorado por la buena gestión de las tendencias que legítimamente representa, condenando al país al permanente amateurismo político; esto, sumado a la Cuestión de Confianza ilimitada, atemoriza al congresista bisoño y permite la dictadura del Ejecutivo durante los 4 primeros años. Habiendo sido votada en referéndum, esta norma antitécnica nos recordará las limitaciones de las consultas populares en sociedades sin verdaderos partidos políticos, entregadas a la voluntad de las empresas de medios de comunicación.

Pero el caso más grave fue convalidar la disolución del Congreso por una Cuestión de Confianza presentada sobre un proyecto de reforma constitucional del Gobierno, para evitar que el Poder Legislativo cumpliera con efectuar una tarea constitucional pendiente, la renovación del TC por invitación, la misma modalidad jurídicamente válida por la que fueron seleccionados los actuales magistrados.

Siendo la Constitución un instrumento del Derecho para limitar el poder, toda reforma a su texto y cualquier interpretación realizada por el Tribunal Constitucional debe ser coherente con su finalidad, examinando cualquier propuesta con el lente democrático: respeto a los principios y valores predominantes en la sociedad, equilibrio de poderes, y permanente búsqueda de consenso.

 

Para más información, adquiere nuestra versión impresa o suscríbete a nuestra versión digital AQUÍ.

Puedes encontrar más contenido como este siguiéndonos en nuestras redes sociales de Facebook, Twitter Instagram.