Abandono de animales: ratio legis
El abandono de un animal se compara de una forma bastante balanceada al abandono de una persona incapacitada. La ratio legis del delito de abandono de animales se encuentra en la necesidad de proteger el sentimiento común de empatía hacia los animales y en el objetivo de fomentar una conducta éticamente correcta combatiendo la insensibilidad y los actos de crueldad.
Negarse intencionadamente a cuidar de un perro a sabiendas de su incapacidad para valerse por sí mismo es una infracción tan grave como la sustracción física, también llamado delito patrimonial, ya que sabemos que el animal establece su vida bajo el principio de dependencia, ejercido por un tenedor o tutor responsable. Es menester sostener la tesis que gran parte de la sociedad civil piensa o cree que el abandono animal solo se configura cuando el animal se encuentra día y noche en la calle a pesar de tener propietario, sin embargo, el abandono emocional o moral, implica mayor negligencia, en tanto, su detención en condiciones que entran en conflicto con su naturaleza y generan sufrimiento.
La jurisprudencia actual abarca el concepto de abandono a la negligencia o desconsideración hacia el animal, el código penal peruano penaliza a quienes no respetan sus necesidades psicofísicas, no lo mantienen adecuadamente o lo exponen a peligros. No hay excusa, el maltrato y abandono de animales, está penalizado. Abandonar animales no sólo es un delito, sino también una traición a la dignidad animal. Sin embargo, a pesar de que el abandono está tipificado como delito por la ley, en la realidad peruana las sanciones privativas de libertad son irrisorias y no encajan con el delito cometido, asimismo, es menester incrementar las sanciones a nivel de gobiernos locales y promover mediante la educación continua en derecho animal fortalecer el conocimiento hacia el respeto a la vida animal.
Hay gastos a los que hay que hacer frente diariamente, por ende, el presupuesto es básico para la gestión de los animales “callejeritos” y para el cuidado de los hospedados en los albergues municipales, costos que son sufragados por la comuna. Los cuales deben tener el objetivo de minimizar los albergues temporales y promover la adopción responsable.
ADOPTAR: no se trata de un atractivo visual, sino un sentimiento genuino en ofrecer un hogar a quien lo pide cada segundo de su vida, un compromiso de lealtad con quien nos demostrará la única incondicionalidad que no se rompe, la cual solo puede ser cumplida por un animal.
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