Tiene que ser expulsada
Romelia Kethy Aguirre Vásquez es directora de Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial y ha sido denunciada ante el Tribunal de Honor del Colegio de Periodistas de Lima por violar el Estatuto y el Código de Ética de la Orden profesional.
El martes 11 último el aún presidente Castillo convocó a través de esta persona, a una conferencia de prensa en Palacio de Gobierno; sin embargo, momentos antes de que se dé inicio, el personal de prensa de Palacio aisló a los reporteros y camarógrafos de la prensa nacional encerrándolos y sólo permitió el ingreso de los medios extranjeros.
Ante este vejamen, discriminatorio y prepotente por parte de Kethy Aguirre, hombres y mujeres de prensa colocaron las cámaras y micrófonos en el suelo como señal de protesta.
El Colegio de Periodistas del Perú condenó el hecho, señalando: “Este trato prepotente y discriminatorio contra los periodistas del país solo ratifica el carácter antidemocrático del Gobierno que pretende ampararse en el silencio para evitar que la población esté debidamente informada”, agregando: “El Colegio de Periodistas del Perú rechaza enérgicamente la marginación de la prensa nacional en la cobertura de la conferencia del Poder Ejecutivo sobre la denuncia constitucional presentada por la fiscal de la Nación. Hablar solo a la prensa extranjera para evitar preguntas de los periodistas peruanos es una grave afectación a la libertad de expresión, derecho que la Constitución consagra en el país”, subrayaron.
Durante la conferencia, Alejandro Salas, ministro de Trabajo y Promoción Social, afirmó: “Tenemos entendido y se nos notificó que la prensa internacional pidió exclusividad para esta conferencia de prensa, hemos cumplido con ustedes”, comentó. Sin embargo, esto fue desmentido por la propia prensa extranjera.
El Estatuto del Colegio de Periodistas del Perú prevé en su artículo 20, “Son obligaciones de los miembros de la Orden: a) Cumplir con las disposiciones de este Estatuto y con el Código de Ética Profesional que lo integra; b) Velar por el prestigio de la profesión y porque sea ejercida con arreglo a la moral. Ceñirse fielmente al juramento prestado”.
El Artículo 21 señala que “Se suspende en forma temporal o permanente la calidad de miembro ordinario de la Orden por las siguientes causales:”, literal “b) Incumplimiento de las normas del Estatuto y del Código de Ética” y “El Colegio de Periodistas del Perú sancionará a sus miembros cuando éstos falten al Código de Ética del Periodista y Comunicador Social o adopten malas prácticas durante el ejercicio profesional”.
El Reglamento del Tribunal de Honor de la Orden gremial contempla en su artículo 8, que “Son faltas al honor las transgresiones a las normas deontológicas universalmente aceptadas por los profesionales en general, y en especial por los que ejercen el Periodismo y Ciencias de la Comunicación”.
Por los argumentos de hecho y de Derecho he solicitado formalmente al Tribunal de Honor del Colegio de Periodistas de Lima al amparo del artículo 15 del Reglamento, literal c), que “al haber incurrido en falta gravísima, su expulsión inmediata y cancelación de su registro en la Orden de Romelia Kethy Aguirre Vásquez”; sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido el referido Tribunal de Honor se mantiene en un silencio cómplice.
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