Teletrabajo
El teletrabajo es una modalidad de trabajo que se realiza fuera del centro de labores empleando tecnologías de información y comunicación que se adopta por acuerdo entre el empleador y el servidor; se emplea en la actividad privada y pública.
La prestación de servicios fuera del centro de trabajo no es nueva; se denominaba “trabajo a domicilio” y fue reiterada por el Decreto Legislativo N.° 728 (21/03/1997). Posteriormente, con el uso masificado de sistemas informáticos, con la Ley N° 30006 (04/06/2013) se reguló el “teletrabajo” porque era muy útil para las entidades privadas y públicas y aceptado voluntariamente por empleadores y trabajadores. Cuando llegó la Pandemia del Covid-19, tanto empleadores como trabajadores adoptaron positivamente el trabajo fuera de los centros de labor empleando sistemas informáticos.
El 07/09/2022 promulgaron la Ley N° 31572 que lo reguló para garantizar su desarrollo en entidades públicas y privadas previo acuerdo entre servidores y empleadores, realizándolo generalmente en el domicilio del servidor con la utilización de plataformas y tecnologías digitales, cuyos equipos los proveía el empleador o, por acuerdo de partes, empleaban los del trabajador, reconociéndole el costo de su utilización y la corriente eléctrica. Se respeta la intimidad del trabajador.
Por D.S. N.° 002-2023-TR (25/02/2023) se ha aprobado el Reglamento de la Ley N.° 31572, estableciendo en el teletrabajo las obligaciones y derechos del empleador y del trabajador, respetándose la jornada legal de labor (o convencional menor a 8 horas diarias y 48 semanales), sus días de descanso semanal, el monto de remuneraciones y derechos sociales laborales de vacaciones remuneradas, compensación de tiempo de servicios, derechos a la seguridad social, la jubilación, la seguridad y salud en el teletrabajo.
También se prevé el cuidado y seguridad de los equipos y herramientas de labor, la conexión digital necesaria, la supervisión e inspección y hasta las probables sanciones. En el teletrabajo, hay establecido el derecho del servidor a prestar sus servicios fuera del centro de trabajo o a retornar a él, si hay acuerdo de partes y previa comunicación entre ellos. El trabajador tiene derecho a que se le capacite constantemente.
El constante desarrollo de la digitalización y de las tecnologías ha ampliado y consolidado su uso en la prestación de servicios a distancia. El teletrabajo ha transformado positivamente no solo la administración de las entidades públicas y privadas sino la prestación de servicios eficientes y seguros para el empleador y trabajador.
¡No obstante los controles patronales, es una excelente experiencia!
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