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Sin justicia no hay paz

Fecha Publicación: 15/01/2020 - 21:30
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Este concepto existencial se encuentra vigente desde que apareció la humanidad, que consiste en darle la razón a quien la tiene así de simple, pero ¿quién lo hace complejo?, el propio ser humano condicionado por sus intereses, falta de capacidad y entendimiento a tomar decisiones trascendentales que van a tener como consecuencia el respeto a los derechos, deberes y obligaciones que tienen su origen en el derecho natural y positivo que está regulado en la Constitución y leyes ordinarias de cada sociedad en que la persona se encuentra en la obligación de sujetarse so pena de sanción y quien ejerce autoridad está en el deber y obligación de hacerlas cumplir bajo responsabilidad de ser separado de su cargo y ser nombrado al llamado por ley.

Nuestra sociedad como muchas otras no viven en paz porque las personas designadas para que cumplan con la ley no lo hacen, sin ir muy lejos, el Tribunal Constitucional, se encuentra en el deber y obligación de hacer respetar la Constitución; sin embargo un Juez Constitucional, que es el ponente para resolver la acción competencial promovida por el Congreso contra la arbitrariedad de haber disuelto el Congreso por el Ejecutivo inconstitucionalmente deja deslizar su opinión en los medios porque se ha hecho público de orientar su posición de declarar infundada la acción competencial, no sabemos bajo qué considerandos, porque reza de la carta magna que el Presidente de la República podrá disolver el Congreso cuando se le ha negado la confianza a dos gabinetes, que no es el caso, porque es de exclusiva responsabilidad del Congreso nombrar a los miembros del Tribunal Constitucional, por lo tanto, existe una responsabilidad constitucional del Presidente de ser vacado en aplicación del artículo ciento diecisiete de la Constitución Política del Perú, así de claro, por eso la sociedad peruana espera de los otros tribunos que apliquen la constitución declarando fundada la acción competencial y se retrotraiga al estado que el congreso disuelto regrese a su estado anterior por ser de ley y justicia.

Otro caso inaceptable es lo que ha sucedido con los doctores Zavala y Falconí, que iban a juramentar como miembros de la Junta Nacional de Justicia después de haber sido evaluados por su currículo, conocimiento y entrevistados por la Comisión Especial, quien tenía las facultades de nombrarlos, hayan sido cuestionados suspendiendo su juramentación, esta situación debió preverse en aras de la transparencia de un debido proceso por el respeto a la persona y sociedad, porque si no reunían el perfil para ser candidatos debieron resolverlo antes de ser nombrados, estos seres humanos tenían un proyecto de vida que se encuentra frustrado con un daño irreparable.
El ciudadano de a pie clama justicia cuando no encuentra paz al transitar por las calles de cualquier distrito del país, los amigos de lo ajeno están listos para cazar a su presa y satisfacer sus impulsos cleptomaníacos sin importarles lo que le sucede a la víctimas en el momento del atraco y después, quedándoles una secuela post traumática que les genera pánico al volver a salir a las calles. Las personas afectadas no saben a quién acudir, en las calles no existe un solo policía ni sereno, las personas son auxiliadas por un buen samaritano que se conmueve del dolor ajeno y llegando a la comisaría el oficial de guardia no quiere recibirle la ocurrencia policial por no haber identificado al agresor ni acreditar la preexistencia de lo sustraído. Cuando es deber y obligación de las delegaciones policiales recibir la denuncia de cualquier ciudadano que ha sido víctima de cualquier latrocinio que ha afectado su salud física y mental y que clama justicia para vivir en paz en su comunidad.