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Responsabilidad política y decencia

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Fecha Publicación: 22/10/2023 - 22:00
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Hay que ubicar el concepto en el contexto de los diversos niveles de responsabilidad que entrañan las acciones políticas.
Existe una responsabilidad personal por los propios actos, hay una responsabilidad institucional, si esa persona encarna o forma parte integrante de una entidad o de un Gobierno; hay una responsabilidad legal si esos actos violan las normas legales y hay una responsabilidad política, que es la que tiene todo actor político respecto de lo que ocurre en su cartera a la cual representa, aunque no haya intervenido directamente en ella o lo que prevé el artículo 93 de la Constitución Política que establece que “Los congresistas representan a la Nación”
Es una responsabilidad sine qua non del poder que ostenta por el cargo que representa y al que juró. Existe en toda entidad cualquiera sea, un mando supremo, donde recae la responsabilidad política.
La ejecución de la responsabilidad política, en caso de un error o desconocimiento, se asume hidalgamente mediante la renuncia al cargo y las consecuencias que esta pueda acarrear consecuencias sobre la carrera política posterior. En el caso de los congresistas, el mandato legislativo es irrenunciable.

La responsabilidad tiene dos visiones, una intersubjetiva, que es la obligación del responsable y/o representante frente a quien lo eligió –el presidente de la República o el pueblo- y otra funcional, en cuanto se supone que quien acepta el cargo y jura –como el ministro de Estado o congresista- está en condiciones de ofrecer un adecuado nivel de prestación en términos de eficiencia y capacidad; es decir, una conducta responsable y mínimamente intachable.
La responsabilidad política es un concepto que se desarrolla con la democracia, en un Estado de Derecho, derivada del control y fiscalización que hace el Congreso de la República al Poder Ejecutivo, donde el honor, los principios y la decencia son vitales y no se necesita judicializar todos los vacios, errores y/o ignorancias, por el contrario, es suficiente para la censura y/o suspensión.
En el Perú el honor, el buen nombre o la reputación parecen estar en desuso, es palabra obsoleta, ante un blindaje ciego e omnipotente ya sea del Ejecutivo o del Legislativo. La responsabilidad política no sanciona un delito, pues para ello está el Poder Judicial.
Puede quedar meridianamente claro que la congresista Rosselli Amuruz no tiene responsabilidad penal, ni administrativa, pero evidentemente tiene responsabilidad política, que se niega a asumir, pero sobre todo tiene una responsabilidad ética y moral en donde el Congreso de la República se arrodilló ante sus encantos.
Por la gobernabilidad del país, por la moral y principios que deben y tienen necesariamente que imperar, era un gesto correcto que el Pleno del Congreso de la República de acuerdo a las evidencias y faltas a la verdad no archive la moción de censura en calidad de tercera vicepresidenta de la Mesa Directiva.
Con la participación de 108 congresistas se decidió no revocar de su cargo a la legisladora con 51 votos a favor, 15 en contra y 37 abstenciones.
Pedir disculpas a todos los congresistas por “haber acudido a una reunión en un momento tan frágil que estaba pasando el Congreso”, personalmente creo no era lo correcto; pero ese es el Poder Legislativo que tenemos y los responsables los electores por ponerlos allí.

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