Reformar el sistema electoral peruano (II)
En la primera parte de este artículo, publicada el martes 19 pasado, recordé cómo la Constitución de 1993 distribuyó en tres organismos autónomos pero coordinados, JNE, ONPE y RENIEC, las funciones que hasta ese momento estaban concentradas en el primero de los nombrados. También, mencioné la oposición inicial que originó el cambio en algunas autoridades del JNE y analistas. Hoy, en estricta justicia, debo resaltar el apoyo decidido y patriótico de los trabajadores de las distintas dependencias del JNE, quienes en forma individual y organizados sindicalmente, identificaron prontamente la bondad y necesidad del cambio en favor de la institucionalidad democrática del país.
Más allá de lo perfectible que es, como toda obra humana, el diseño orgánico vigente, es indudable que el funcionamiento de los organismos que integran el Sistema Electoral, sufre en el presente problemas graves que no son resultantes del modelo sino de la actuación de las personas en quienes ha recaído la titularidad de sus más altos cargos. Esos problemas incluso reflejan las crisis que afectan a las instituciones encargadas de la designación de cada uno de los cinco magistrados que integran el Pleno del JNE.
Hay evidencias que a nivel de la Corte Suprema y de la Junta de Fiscales Supremos se ve al Pleno del JNE como el lugar de destierro de magistrados en actividad incapaces de trabajar en armonía con los demás o para recalar temporalmente, por coyuntura e interés personal y no por aprecio a la importante labor a desarrollar en la máxima autoridad de justicia electoral.
Se cuestiona también la idoneidad de los escogidos por la Junta Nacional de Justicia como actuales titulares de la ONPE y el RENIEC, cuando se constata, respectivamente, por ejemplo, la inexistencia de una auditoría cabal y confiable a los sistemas informáticos usados en los recientes procesos electorales y los defectos del registro de identificación no solo en su actualización sino en su veracidad.
Lamentable situación afectó también al Colegio de Abogados de Lima, que agrupa a la inmensa mayoría de profesionales abogados del país, y que por clara confabulación y argucias procesales de un sector ideológico resultó incapaz de designar a su representante, lo que derivó en convertir al Pleno del JNE en una instancia incompleta durante el proceso electoral general del 2021, sujeta a la voluntad exacerbada de su presidente.
Debe completarse la reforma legislativa iniciada en los últimos dos años, manteniendo, sin retroceso, la adecuada división de trabajo y especialización de los componentes del Sistema Electoral creado por la Constitución de 1993.
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