¿Qué pasa en el RENIEC?
Algo está pasando en el RENIEC, de un tiempo a esta parte no da pie en bola, las noticias dan cuenta de la coladera que sería el acceso a los datos personales de los peruanos que este registro administra, información altamente sensible cuya vulnerabilidad pone en riesgo la vida y el patrimonio de los ciudadanos; el más reciente caso es el denunciado por Petronila Gonzales, doña Peta, madre del jugador Paolo Guerrero, que señala ser víctima de amenazas y extorsión, al poseer delincuentes información muy personal de su familia y de ella que solo contaría la RENIEC, concitando como era de esperarse, la preocupación y solidaridad de la opinión pública, esto muy al margen del affaire Guerrero – Club Universidad César Vallejo. Luego también está el haber suprimido los nombres completos de los padres en los DNI de los menores de edad, que imposibilita a las autoridades tener certeza de estar frente a sus progenitores, quienes por ley son para todos los efectos sus representantes legales, datos vitales para prevenir especialmente el Delito de Trata de Personas en todas sus modalidades y para remate, ni a Migraciones ni a notarías les es permitido a pesar de sostener convenios con el RENIEC (fácilmente mapeados), el cotejar la autenticidad de las partidas de nacimientos que se presentan para tramitar las autorizaciones de viajes de menor al interior y sobre todo al exterior, al negárseles el acceso de esa información registrada ante dicha entidad. Lamentablemente la criminalidad se sofistica y las falsificaciones abundan y ya existirían casos de salidas ilegales de niños y adolescentes fuera del Perú en base a actas de nacimiento falsas, lo que muy bien pudo evitarse si las autoridades hubiesen tenido acceso a la data del RENIEC.
Y la cereza del helado es, la Resolución Jefatural N°000021-2024/JNAC/RENIEC, que resuelve que únicamente el acceso a las huellas dactilares de los ciudadanos, data que administran, via las llamadas “Consultas en Línea”, las tendrá determinadas unidades de la Policía Nacional de Perú, lo que en un primer momento puede interpretarse como acciones preventivas para evitar suplantaciones que ya se presentan por ejemplo en los examenes de admisión de las universidades a través del uso punible de plantillas de silicona con las huellas digitales del verdadero titular del DNI en uso de terceros; pero de ahí a restringírselos a los organismos e instituciones custodios de la fe pública, que velan por la seguridad jurídica, el caso propiamente de los notarios que no por capricho sino por exigencia de la ley (Decreto Legislativo 1049°, artículo 55°), están en la obligatoriedad de identificar plenamente vía cotejo en tiempo real de las huellas dactilares del usuario y/o cotejo de sus datos de las Consultas en Línea, a las personas que celebran ante éstos, actos o contratos y en su caso, otorgan autorizaciones de viaje de menores, y cuyo acceso queda registrado con la georeferenciación de cada consulta y el usuario.
Señora Presidenta Dina Boluarte, señores de la Junta Nacional de Justicia, alguien podría corregir estos excesos del RENIEC, que en vez de establecer candados de mayor seguridad a su data, optan por lo más fácil, no permitírselas a nadie salvo la PNP.
¿Qué harán los bancos, notarias, Poder Judicial, Migraciones, INPE y demás instituciones, cuando el servicio de comparación de las huellas digitales (Biométrico) falle en la identificación de los ciudadanos, por ejemplo, los adultos mayores o aquellos que desempeñan un oficio que ha maltratado sus huellas, llámese obreros del campo, de la construcción civil , etcétera; ya el notario no podrá de primera impresión reconocer si se está ante el titular del DNI, comparando sus huellas dactilares y las del RENIEC. ¡Retrocedemos!
Disclaimer: Esta columnista es notaría pública.
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