Qué elegimos: un alcalde o un comisario policial
Por Juan José M. Santiváñez Marín
En cumplimiento al calendario electoral, los peruanos nos preparamos a elegir a los Gobernadores Regionales y Alcaldes; pero dada la inseguridad ciudadana existente y a las múltiples promesas de los candidatos a Alcaldes, nos encontramos en una encrucijada para elegir, entre aquellos que presentan condiciones más que suficientes para realizar una buena gestión municipal; o entre aquellos que apuntan hacia una lucha frontal contra la delincuencia; realizando en la campaña electoral una serie de ofrecimientos que culminan, al ser elegidos, en sendos oficios dirigidos a la autoridad policial solicitando el incremento de personal para brindar la seguridad ciudadana prometida.
En 1991, el entonces Alcalde de San Isidro Carlos Neuhaus, organizó y puso en funcionamiento el “Servicio de Serenazgo Municipal”, con el propósito de combatir la prostitución, el homosexualismo y la drogadicción (cuyas actividades habían ganado las calles del distrito), así como apoyar a la PNP en su función de PREVENCIÓN; orientando su esfuerzo a dar tranquilidad y bienestar a sus vecinos.
Estas acciones sirvieron de base para que nuestros Constituyentes, en el año 1993, consideraran pertinente establecer en la nueva Constitución Política, y por primera vez en una Carta Magna, el concepto de “Seguridad Ciudadana”; estableciendo en el art. 195, que “La Ley regula la cooperación de la Policía Nacional con las municipalidades en materia de Seguridad Ciudadana”; situación que le otorga a ésta, rango constitucional.
No pretendo ahondar en conceptos jurídicos pero es necesario dejar en claro, que las acciones de “seguridad ciudadana” a cargo de los gobiernos locales, está dirigido a ser de PREVENCIÓN SOCIAL; más no de lucha frontal contra el “delito y la criminalidad”; ello es función de la PNP, Poder Judicial y Ministerio Público.
La atención primaria para prevenir la violencia intrafamiliar, no se realiza solo de manera coercitiva; ello daría lugar al incremento de la población penal y no a proporcionarle la tranquilidad y la seguridad que requieren los vecinos para el goce de sus libertades y derechos ciudadanos.
Lo que si es muy importante es el hecho que, tanto los gobiernos regionales como los locales, trabajen de manera conjunta con la PNP y los demás organismos responsables de la Ley y el Orden en nuestro país; para enfrentar eficientemente el fenómeno evolutivo de la delincuencia.
La normativa jurídica que establece y reglamenta la participación de los gobiernos regionales y locales en apoyo a la PNP, abunda en el país. Sólo se necesita la decisión política y el LIDERAZGO necesario para ejecutarlo.
Si se cumplen estas condiciones, entonces estaremos frente a un concepto verdadero de seguridad ciudadana; caso contrario, seguiremos con la disyuntiva de elegir entre un ALCALDE o un COMISARIO POLICIAL.
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