¿Por qué no en el Perú? Parte I
A propósito de lo que ha ocurrido y aún ocurre en tres de los cinco países limítrofes con el Perú, Ecuador, Chile y Bolivia, más de una persona se pregunta “¿por qué ello no ocurre también en el Perú, sucediendo lo que aquí sucede?”.
No es que las personas que así reflexionan, ni yo misma al escribir este artículo, quisiéramos que en nuestro país una minoría genere caos, pérdida de vidas humanas, violación y desprecio de los derechos fundamentales de la mayoría a vivir en tranquilidad, a transitar libremente, a conservar su propiedad y centros de trabajo, a no ver que se destruya la propiedad pública financiada con los impuestos directos e indirectos que pagan incluso los más pobres.
En los noventa la empresa Odebrecht quedó impedida de ser postora y contratar con el Estado en tanto responsable de incumplimientos contractuales. En enero del 2006 fue beneficiada con la ley express N° 28670, generada en el cogollo del toledismo (la propuso el congresista secretario general del partido) y promulgada por A. Toledo y el entonces PCM P.P Kuczynski. No solo estaban en la mira los contratos de IIRSA Norte y Sur, sino futuros contratos por más de 15 mil millones de dólares, sin contar la sobrevaloración que vendría mediante adendas y arbitrajes.
El 2016, una elección sospechosa, con indicios más que razonables de fraude llevó al mismo Kuczynski y a su hoy accesitario M. Vizcarra a la jefatura de Estado y de Gobierno. Investigaciones fiscales, congresales y del Sistema de Control determinaron hechos e indicios de grave compromiso de estos personajes con la corrupción admitida, administrada con cuentagotas y a su propio interés, e incluso falseada, por Odebrecht.
Sin embargo, ese presidente accesitario, respaldado por el gasto de centenares de millones de soles del presupuesto público en medios de prensa y opinólogos, buscando ocultar su evidente incapacidad de gestión, logra desarrollar un descarado acoso al Congreso de la República mal usando su iniciativa legislativa y la cuestión de confianza para imponerle leyes y contenidos de ellas; al no lograrlo, pretende que lo ha disuelto e impide a la fuerza su reunión y funcionamiento.
El mismo régimen favorece que fiscales de mínima jerarquía y procuradores nombrados por el Ejecutivo conciban un acuerdo secreto que beneficia a la empresa corrupta y corruptora con una reparación ínfima al Estado, pagadera en quince años y sin intereses, mientras ella y sus funcionarios venden sus activos aquí y se pueden llevar el producto de tales ventas.