¡Otra barrabasada de la fiscal Espinoza!
La fiscal de la Nación Delia Espinoza rechaza la Ley 32330 que penaliza con cárcel a los menores de edad que, desde los 16 años, cometan crímenes graves, clasificándolos como “sujetos imputables dentro del sistema penal”. Alega que vulnera la Constitución y los tratados internacionales.
La flamante norma dicta que aquel adolescente que cometa delitos como sicariato, violación sexual, secuestro, extorsión o terrorismo podrá ser juzgado penalmente, bajo tratamiento similar al de un mayor de edad, aunque con ciertas diferencias hasta los 21 años.
Creemos que los considerandos de dicha ley son justificables, en medio de la vorágine de sangre, muerte, horror y crispación social que genera la incontenible ola criminal actual, donde las bandas criminales contratan —como sus mejores aliados— a menores de edad para que cometan los peores crímenes que pueda imaginarse. Consecuentemente, la sociedad debe defenderse anteponiendo leyes drásticas —obviamente temporales— como cortafuegos, mientras no cese este tsunami asesino que mantiene espantada a la población entera, donde muchos menores de edad continúan enrolándose como sicarios por un platillo de lentejas, fascinados por la sevicia de los capos de siniestras organizaciones criminales.
No obstante, burocrática y socialistamente, la Fiscalía argumenta que la disposición elimina el enfoque especializado que rige para el tratamiento penal del adolescente —lo que no es un alegato sólido— y que “este cambio compromete la reintegración social de los menores e ignora el principio del interés superior del niño, consagrado en tratados como la Convención sobre los Derechos del Niño.” Oiga, señora Espinoza, ¿así valora usted la vida de miles de peruanos asesinados y/o mutilados de por vida por la acción de imberbes que asesinan y/o atacan a mansalva, sabiendo que su conducta es criminal? ¿Cree que un menor de 15 o 18 años no conoce lo que es disparar un arma mortífera y/o insertar múltiples veces un cuchillo en un cuerpo humano? ¡Instrúyase un poco!
En Europa, el castigo para menores reincidentes varía según el país y la gravedad del delito. Aunque, en general, la justicia juvenil prioriza la rehabilitación.
Pero en Estados Unidos, las penas para menores involucrados en gravísimos delitos —como sicariato, extorsión y asesinato— varían según el Estado y la seriedad de los hechos. Aunque, en general, su sistema de justicia juvenil busque la rehabilitación, en casos extremos acepta que los menores sean juzgados como adultos y reciban condenas de prisión en cárceles convencionales. Aquellos menores que perpetrasen crímenes como los reseñados serán procesados judicialmente como adultos según el Estado donde hayan cometido el crimen. ¡Y sentenciados por tribunales como mayores! La sentencia podrá determinar si pasan a algún centro de detención juvenil; en cuyo caso los párvulos serán reeducados con estrictos planes rehabilitativos, educativos y psicológicos.
Finalmente, existe el mecanismo llamado Sentencias Largas, aplicable en aquellos casos donde el menor de edad haya participado en algún asesinato y/o formado parte de una organización criminal, en cuyo escenario podrá alcanzarles incluso la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. ¡A esto último debe apuntar AHORA el Perú, amable lector, para salvar vidas humanas!
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