OEA exigió baño neutro y Perú aceptó
El Perú fue elegido el año pasado para acoger la reunión de los países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA) que se desarrolló en Lima entre el 5 al 7 de octubre.
Por tal motivo, la OEA envió un acuerdo, unilateral, mediante el cual el país anfitrión debía “garantizar un acceso adecuado a las instalaciones sanitarias” de los participantes, “debiendo proporcionar además de los baños comunes, baños individuales y al menos un baño neutro”.
Tan absurdo pedido originó una polémica, inclusive el Congreso de la República bloqueó tan aberrante iniciativa, por considerarla una flagrante intromisión y que los obligaba a avalar la “ideología de género”.
“La OEA pretendió introducir cambios en el derecho interno peruano, con tema de ideología de género”, sostuvo vía Twitter el congresista de Fuerza Popular, Ernesto Bustamante, en ese entonces presidente de la Comisión de RR.EE. del Legislativo. La votación dio 55 votos en contra, 44 a favor y 16 abstenciones.
El titular de Torre Tagle, César Landa, invocó al Congreso reconsiderar la decisión. “Invoco al Congreso de Perú a reconsiderar el voto de ayer, que impide realizar la Asamblea General de la OEA en Lima. Esto perjudica gravemente la imagen internacional de Perú. Son facilidades únicamente para esta asamblea, sin generar obligaciones internacionales a futuro”, escribió vía Twitter.
El Congreso de la República reconsideró su decisión y aprobó en el Pleno la realización de la 52° Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) con 100 votos a favor, 7 en contra y 7 abstenciones.
La congresista Susel Paredes, del Partido Morado, advirtió que, impedir la realización de la Asamblea General de la OEA, provocaría que la imagen del Perú quede dañada ante la comunidad internacional.
Sin embargo, ignoraron olímpicamente los congresistas el Decreto Supremo No. 011-2006– VIVIENDA que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones que señala en el numeral III.3., referido a las Instalaciones Sanitarias Norma IS.010 (Instalaciones Sanitarias para Edificaciones) 1.4.2. Número Requerido de Aparatos Sanitarios: “Se proveerán servicios sanitarios separados debidamente identificados para hombres y mujeres”.
Además, el Artículo 1 de la Carta de la OEA “La Organización de los Estados Americanos no tiene más facultades que aquellas que expresamente le confiere la presente Carta, ninguna de cuyas disposiciones la autoriza a intervenir en asuntos de la jurisdicción interna de los Estados miembros”.
Inclusive se olvidaron de lo preceptuado en la Carta Magna, artículo 1 “La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado”, artículo 43 (primer párrafo) “La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana”.
Sin embargo, el Congreso de la República ignorando la propia Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Constitución Política del Perú, dio luz verde a los “baños neutros” con ocasión del 52º periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que se celebró en Lima.
El Poder Legislativo de un plumazo aceptó la arbitrariedad de los “baños neutros” y… desapareció la clásica señalética de hombres y mujeres en las puertas de los baños.
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