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No más depósitos por alimentos que no llegan a sus beneficiarios

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Fecha Publicación: 12/07/2025 - 22:51
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¡Qué drama social del que nos hemos percatado la mayoría de peruanos, de la existencia de la cantidad aluvional de depósitos judiciales pendientes de cobrar por concepto de pensiones alimenticias y que, por diferentes motivos administrativos (siempre los hay), no habrían sido endosados en favor de sus beneficiarios, niños y adolescentes en su mayoría, a quienes se les ha privado por largo tiempo de gozar del derecho fundamental a recibir alimentos por parte del padre o madre apercibidos por sentencia a hacerlo, ante la resistencia a hacerlo voluntariamente!
Y es que estamos tan enfrascados en la jungla de la coyuntura política, tan ensimismados en el enfrentamiento entre poderes del Estado y determinados organismos autónomos constitucionales, y del inaceptable avance de la minería ilegal que pretende jaquearnos con bloqueos de carreteras en varias regiones del interior y que anuncian despejan solo por horas. ¡Francamente! Cómo estaremos de mal en este tema, que hasta voceros oficiosos a su favor le han saltado en el Congreso de la República. Aunque se diga que abogan por los artesanales, todos sabemos que no lo son.
Es que es una barbaridad, en mi opinión, el conocer que 145 mil certificados de depósitos por alimentos han permanecido en los juzgados del país sin haber sido cobrados por los alimentistas, en buena cuenta por la existencia de errores materiales o retardo en los endosos del certificado de depósito judicial en favor de las beneficiadas, en razón de no poseer estas una cuenta ante el Banco de la Nación en la que el obligado deposite el dinero de la pensión.
Las madres beneficiadas, por falta de asesoramiento legal, ignoran que se les ha depositado la pensión en favor de sus hijos y no se apersonan a los juzgados a recoger el endoso para cobrarlos en el banco.
Si bien es cierto que en los últimos tiempos se ha dado la facilidad de hacer este trámite en línea, aún queda el reto de simplificar, hacer más expedito este trámite, por parte del Poder Judicial en la persona de su presidenta, la Dra. Janet Tello, a quien le reconozco el haber promovido durante todo el mes de junio una cruzada o campaña nacional de entrega de los 145 mil certificados de depósitos judiciales, inclusive casa por casa, en lugares de lejanía a la urbe y de pobreza del Perú, donde se han encontrado con casos de personas con discapacidad o que habían cambiado de domicilio. Dicha campaña dice bien de la sensibilidad social de la Dra. Tello.
Así las cosas, se exige eliminar tanto trámite burocrático, porque desde el requerimiento del endoso del depósito por parte de la beneficiaria o el alimentista, hasta que el Banco de la Nación coteje que no haya errores en la información del endoso y efectivice el pago, pasan meses o años, y los menores, y en su caso, padres de familia adultos mayores en estado de pobreza, a quienes también se les pasa alimentos, sobreviven sin recibir lo que es para ellos un derecho fundamental: el de recibir “alimentos”.
¿Por qué el obligado no abona directamente a la cuenta aperturada en favor del alimentista por el Poder Judicial ante el Banco de la Nación y pasa el voucher o constancia de transferencia, según sea el caso, con escrito al juzgado para su conocimiento?

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