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Mediante querella la ilegalidad del partido A.N.T.A.U.R.O.

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Fecha Publicación: 05/11/2024 - 22:10
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El partido político A.N.T.A.U.R.O. nació en julio de este 2024. Cumplió todos los requisitos exigidos por la práctica democrática: nombre, símbolo, ideología, programa, estatutos y organismos internos. Cumpliendo con la exigencia rigurosa del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), solamente puede ser declarada ilegal su existencia por la Sala Constitucional de la Corte Suprema y a gestión únicamente del Fiscal Supremo de la Nación o del Defensor del Pueblo. Tampoco puede declararlo ilegal el mismo JNE; pues, lo resuelto es final e irrevisable según la Constitución. Las infracciones contra la democracia (a sus principios básicos, debido proceso, verdad), tienen que consistir en hechos y no en dichos (sus artículos, libros, entrevistas, conferencias). Sus rebeliones militares de Locumba y Andahuaylas y sus 17 años y 8 meses de prisión lo convierten en único candidato natural para el 2026. Los delitos y faltas contra el honor (calumnia, injuria, difamación, violación de la privacidad y la intimidad) son perseguibles personalmente por cada ofendido. No son perseguibles de oficio. Pero en el caso del partido A.N.T.A.U.R.O., la demanda interpuesta para que la Corte Suprema lo declare ilegal es una querella, acción exclusiva para los delitos contra el honor que no tienen nada que ver con el partido A.N.T.A.U.R.O., que es persona jurídica, y Antauro Igor Humala Tasso, persona natural. Apelada esta querella, inexorablemente será revocada por la Sala Suprema revisora. Toda gestión de ilegalización de un partido no es querella, es un proceso especial y tiene que referirse exclusivamente a hechos u actuaciones políticas. Además, la causal para solicitar la ilegalidad del partido tiene que consistir en prácticas sistemáticas de violación de la democracia. Este partido va a cumplir recién 4 meses de existencia, materialmente imposible una violación sistemática. Erróneamente, el Fiscal ha tomado la querella como vía, procesando a la persona natural del Mayor E.P. (r) Humala Tasso. Su «demanda» está dirigida contra Rubén Ramos, quien NO representa al partido. Debió ser dirigida a su presidente Capitán E.P. (r) Vizcarra, quien no fue admitido en la audiencia de vista. El Dr. Ramos, al concurrir, señaló que él se presentaba porque lo habían notificado personalmente en Puno no obstante que el partido no domicilia en Puno sino en Lima. Significa que todo lo actuado es nulo: INADMISIBLE. Impedir la candidatura del único líder político de profesión (el resto son improvisados que invierten para lucrar con dinero del Estado) es forzar la realidad nacional donde la criminalidad ha sobrepujado tremendamente a la política. El único que puede enfrentar a la criminalidad es A.N.T.A.U.R.O.

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