A los delincuentes se les mantiene gratuitamente
Insólito y agraviante. Los delincuentes que hurtan, roban y apoderan de bienes de sus víctimas –con armas blancas o de fuego, lesionando y hasta matando– si son encarcelados, virtualmente son sostenidos (mantenidos) gratuitamente por el Estado en prisiones. A los delincuentes les “dan” gratis casa, comida y aun servicios médicos. Vale decir se les mantiene con fondos “del erario nacional”, o por mejor aclarar, con los aportes (impuestos) que obligatoriamente pagan las personas naturales y jurídicas. Lamentablemente en la administración de justicia ni siquiera obligan realmente al delincuente que devuelva lo hurtado o robado a sus víctimas y/o que indemnicen al agraviado si lo lesionan o asesinan. ¿Eso es justicia?
Es inaudito que los gobernantes en los Poderes Ejecutivo y Legislativo no promulguen normas legales efectivas y de cumplimiento obligatorio estableciendo que todo detenido en las “respectivas” prisiones, obligatoriamente debe trabajar para obtener medios económicos para pagar su sustento personal –y familiar, si es el caso–. Ningún detenido debe recibir gratuitamente alimentos.
Como las autoridades dicen que los actuales centros de reclusión están “saturados”, el Estado debe “edificar” nuevos, pero toda prisión obligatoriamente debe ser un centro de producción de bienes para vendernos en los mercados nacionales y aun para la exportación. Las cárceles pueden edificarse para alquilarlos a empresas de la actividad privada para que elaboren bienes necesarios en los mercados. Las nuevas prisiones pueden autofinanciarse y construirse en muy breve tiempo y deben tener las seguridades necesarias para evitar “fugas”. En cada prisión puede haber ambientes para producir distintas mercaderías según interés de los empresarios, los que deben aceptar las condiciones de alquiler de los centros de producción que se establezca.
La mano de obra sin excepción estará a cargo de los detenidos que pueden estar regidos en su prestación de trabajo dependiente y subordinado a las normas laborales normales. Su jornada diaria y semanal de labor debe estar controlada y registrada.
Los “administradores de justicia” (Poder Judicial) en sus resoluciones (y/o sentencias condenatorias) disponiendo privación de la libertad, bajo responsabilidad personal de los jueces, deben resolver que toda privación de la libertad del procesado penal debe ejecutarse con la obligatoriedad que él labore y que pague su subsistencia.
Gobernantes del Ejecutivo y Legislativo deben establecerlo de inmediato. Los que delinquen sólo con el trabajo se resocializarán. Las víctimas de los delincuentes no deben sostenerlos.
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