Los chilenos buscan legitimar una nueva Constitución
A menos de una semana de someter a consulta popular, vía referéndum ratificatorio, la legitimación del proyecto de nueva Constitución, elaborado por la Convención Constituyente integrada por 155 miembros elegidos por la ciudadanía, las empresas dedicadas a medir la opinión de la población señalan que el sentir de la población chilena que rechaza el proyecto en mención tiene de 8 a 10 puntos por encima del sector ciudadano que desea confirmar el indicado proyecto de nueva Carta Fundamental.
Al respecto, es difícil poder tener una percepción actual sobre lo que pueda acontecer el próximo domingo 4 de septiembre, cuando el elector chileno, con su voto, opte por el “Sí” o por el “No” ratificar el nuevo texto constitucional que reemplace al que todavía está vigente, y que fuera promovido por el presidente de facto, Augusto Pinochet. Pues, actualmente el sufragio en Chile es facultativo, pero para esta consulta popular, se ha establecido que sea obligatorio el acudir a votar. Es decir, el resultado estará sometido a la conducta de millones de ciudadanos que antes se abstuvieron de sufragar y en esta ocasión se verán obligados a acudir o, en su defecto, nuevamente se abstengan.
Cuando la Convención inició su labor constituyente el 4 de julio de 2021, y eligió a la académica mapuche Elisa Loncon como su primera presidenta, y luego de que en el plebiscito del 25 de octubre de 2020 el 78% de la población aprobó la intención de tener una nueva Carta Política, así como el 79% consideró que la misma se hiciera por intermedio de una Convención Constitucional, todo nos podía llevar a considerar que no tendría ningún problema el que el texto de nueva Constitución que propondría la Convención recibiría sin ningún inconveniente la ratificación requerida.
Por lo tanto, la pregunta que hoy nos podemos hacer es: ¿qué puede estar pasando con nuestros vecinos del sur?, que luego de que una gran mayoría reclamara por una nueva Carta Constitucional “que resuelva sus problemas económicos, sociales y políticos”, hoy tiene una concepción distinta de lo que se le ofrece como nueva Ley de Leyes.
No está de más recordar que el texto del proyecto constitucional que se presenta a la consulta contiene 387 artículos, 11 capítulos y 57 normas transitorias, lo cual significa que continúa con la muy mala costumbre de los países de América Latina y el Caribe de darse Constituciones extensas y reglamentistas; además se declara como un Estado Social de Derecho y termina con el Senado, además de otras novedades o aspiraciones que, en las práctica, se entiende que la gran mayoría puede estar de acuerdo pero sin saber cómo se lograrán ejecutar.
En ese sentido, estamos frente a un texto constitucional que no se aparta de su característica “nominal”; es decir, contiene buenas intenciones y metas por alcanzar, pero muy difícil de lograr ya que la realidad económica y social del pueblo chileno no permite su plena aplicación y vigencia.
Especialistas extranjeros en derecho constitucional comparado, como los estadounidenses Tom Ginsburg y David Landau, así como el argentino Roberto Gargarella, consideran que el texto que se someterá a consulta está de acuerdo con los “estándares democráticos – constitucionales”. Y, por su parte, Ernesto Ottone, con su pasado comunista e importante asesor del gobierno de Ricardo Lagos, considerado como uno de los más destacados intelectuales reformistas de Chile, considera que “el proyecto de nueva Constitución es malo, así que conviene rechazarlo y hacer uno mejor”.
En consecuencia, ¿quién o quiénes tienen la razón? Eso lo sabremos después del cercano domingo 4 de septiembre, donde el más importante opinante diga su vedad a través del voto; esto es, el pueblo que, como dueño de su propio destino, se encuentre convencido de que la nueva Constitución sea el instrumento que le resuelva sus problemas o, por el contrario, aspire a que sus autoridades, en el ejercicio de su gestión de gobierno en la administración del Estado, con la Constitución vigente o cualquier otra, tome decisiones que atiendan el interés general que permita alcanzar el bien común, como finalidad del Estado.
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