Lo positivo del control interpoderes del Estado
A pocos días de instalarse el nuevo Congreso, el cual ejercerá la función legislativa y de control político que, de acuerdo a nuestra Constitución vigente le corresponde, ha comenzado el cabildeo entre los diversas agrupaciones políticas representadas en el Parlamento con la finalidad de conseguir formar alianzas que les permitan liderar al Poder Legislativo a partir del cercano 28 de julio y, vaya usted a saber, capaz también los próximos cinco años, que es el periodo de vigencia en el cargo de los congresistas.
Hace varios lustros que se comenta con singular preocupación el hecho de que, según se dice: “…para garantizar la gobernabilidad, el partido político que llegue a tener el control del Poder Ejecutivo debe también tener el control del Parlamento”.
Y la explicación se fundamenta en la necesidad que, a través de la función de legislar que le corresponde al Congreso, se pueda tener las normas jurídicas que permitan aplicar y ejecutar las decisiones del órgano administrador del Estado, que es el Poder Ejecutivo.
Esta es una verdad a medias; pues, le corresponde al Parlamento, además de contribuir con las decisiones del órgano gubernamental, produciendo la normatividad necesaria, cumplir la otra no menos importante, cual es la de fiscalizar y controlar el funcionamiento, en el cumplimiento de sus atribuciones, de los otros órganos del Estado y de los organismos constitucionales autónomos.
El “Principio de la Separación de Poderes” que es el concepto rector en el cual se fundamenta la organización del gobierno en el Perú, no significa que cada órgano del Estado (léase Ejecutivo, Legislativo y Judicial) desarrolle sus funciones desvinculados en forma absoluta de la estructura del poder que los integran.
Todo lo contrario, deben tener mecanismos de conexión entre ellos que les permita funcionar de una manera armónica y coherente, manteniendo cada uno su autonomía, pero orientada al cumplimiento de sus obligaciones, con miras a lograr el bien común, como finalidad del Estado.
En consecuencia, si es en el Parlamento donde se encuentra representada la nación, con la diversidad de ideologías que los diversos sectores ciudadanos tienen, ese criterio porcentual se verá reflejado en la diversidad de bancadas en el pleno congresal.
Al respecto, si se toma en cuenta el resultado de la elección parlamentaria, del pasado domingo 11 de abril, y que nos ofrece una realidad de que ningún partido político haya logrado alcanzar ni siquiera un tercio del número legal de congresistas, evidencia la obligada necesidad de que las organizaciones partidarias tengan que ponerse de acuerdo para formar la alianza que permita conformar el grupo mayoritario, dando lugar a la formación del grupo en minoría.
La organización política que tenga el manejo del Poder Ejecutivo, y que sea parte de la minoría en el Congreso, no significa que necesariamente no pueda gobernar y se le genere un problema de gobernabilidad. Pues, la interpretación de esta realidad debe evaluarse en sentido contrario.
Los mecanismos de control interpoderes del Estado funcionan más y mejor cuando la organización política que tiene el control del Ejecutivo no tiene también el control el Legislativo.
Esta realidad es tan fácil de entender que, si nos preguntamos ¿un partido político que maneja las decisiones en el Parlamento será capaz de fiscalizar al Ejecutivo, cuyo líder fue candidato del mismo partido? Por supuesto que no. Al contrario, va a dejar hacer y dejar pasar, de lo que haga o deje de hacer quien jefature al Estado.
Por lo tanto, el Congreso pierde de hecho su facultad de fiscalizar, desnaturalizando su función de control político que nunca debe dejar de ejercer. Por el bien de la democracia en el Perú, se debe tratar de preservar esa capacidad de control.
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