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Lo legítimo de la legítima

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Fecha Publicación: 02/06/2023 - 21:40
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La legítima defensa es una institución jurídica que se encuentra aceptada para algunos y reconocida para otros, en los principios y/o normas de todos los países.

Como recordaremos, contamos con el precedente que consistió en poner límite a la respuesta de una agresión. Hablamos de la venganza y el primer intento por establecer una proporcionalidad entre el daño recibido y el daño producido. Nos referimos a la Ley del Talión que está recogida en la Biblia (Éxodo, 21:23-25).

Talión proviene de la palabra latina tallos o tale que significa ‘idéntico’ o ‘semejante'. De ahí el “ojo por ojo, diente por diente, pie por pie” que se sustenta en un principio jurídico de reciprocidad.

Pero veamos. Esta facultad de “igual por igual” es reactiva. Nos explicamos, debe existir un daño o acción para luego retornar con la justicia, venganza o reacción, y esto es injusto. Por qué debemos esperar la generación de un daño para luego responder con otro, teniendo dos daños, si podemos reaccionar inmediatamente ante el primer daño y eliminar sus consecuencias nefastas, teniendo solo un daño.

Así se diseñó la eficiente institución jurídica bajo comentario, usando lo que hoy en día conocemos como análisis económico del derecho. En aquella ocasión, el derecho desconocía de la existencia de la hermosa economía para unirse con ella y crear disposiciones efectivas (eficaces y eficientes) y funcionales en beneficios de la sociedad.

De esta manera, la legítima defensa es la respuesta a una agresión actual, inminente e inmediata que tiene por finalidad proteger la integridad de bienes jurídicos propios o ajenos, y que no debe ser sancionable.

Algunos consideraron que su sustento era el instinto de conservación, y otros a la falta de protección estatal en ese instante de agresión. No obstante, hoy en día se reconoce una dualidad en su fundamento: individual, al protegerse un bien jurídico personal, y supraindividual, al recordar que el derecho busca evitar conductas antijurídicas tal como lo es una agresión ilegítima.

Esta autoprotección legal, defensa propia o autodefensa, entre otros términos usados, considera también al derecho a la vida que es uno de los principales derechos fundamentales y núcleo de muchos otros.

Solo para finalizar, lo que hemos indicado cuenta con sustento canónico y así lo incluyó nuestro santo papa Juan Pablo II (1920 - 2005) en su encíclica Evangelium Vitae (1995) al considerar lo siguiente “el valor intrínseco de la vida y el deber de amarse a sí mismo no menos que a los demás son la base de un verdadero derecho a la propia defensa”.

(*) Abogado, docente universitario, consultor legal

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