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La salud mental: un derecho constitucional

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Fecha Publicación: 23/09/2023 - 21:20
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Un punto pendiente y permanente en la agenda pública es la salud mental, un aspecto esencial del ser humano que compromete al Estado en su acceso y garantía. Cuando hablamos de derecho a la salud, este se suele relacionar a la dimensión física de la persona, dejando de lado la importancia que tiene su estado psicológico y emocional, como si la rutina diaria y sus problemas, no pudieran tener un impacto grave en su desarrollo integral. Una prueba reciente para la salud mental ha sido la pandemia de la COVID-19, cuyas medidas de aislamiento e incluso la misma enfermedad, fueron la causa del aumento de la tasa de los trastornos más comunes como la depresión y la ansiedad en un 25% el primer año de la enfermedad, conforme al Informe Mundial sobre la Salud Mental de Naciones Unidas.

En el Perú, la realidad no ha sido distinta. La pandemia, los fenómenos naturales y climáticos han encendido las luces de alarma frente a la situación crítica de la salud mental. Ha habido un incremento importante de casos de estrés agudo, depresión y ansiedad en las zonas afectadas por el ciclón Yaku y El Niño Costero hasta de un 64%, zonas en las que los hogares han enfrentado la pérdida de sus seres queridos, pérdidas económicas, de sus empleos, situaciones de crisis que muchas veces no son manejadas ni abordadas apropiadamente. Otra situación no menos importante es la que se vive en los colegios, donde la violencia solo en la primera mitad del año significó más de 6,000 casos reportados en la plataforma SISEVE y que, a pesar de haberse incrementado, no cuenta con el recurso humano especializado: solo el 2% de las I.E. cuentan con al menos un psicólogo.

La Ley de Salud Mental prioriza la atención de las poblaciones vulnerables entre ellos nuestros niños y adolescentes, la atención en centros comunitarios con servicios de calidad, así como acceso a prestaciones e intervenciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación. En esta misma línea, el Tribunal Constitucional ha señalado que el derecho a la salud mental debe ser satisfecho conforme a los estándares de disponibilidad, aceptabilidad y calidad en el marco de la Opinión Consultiva 14 del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, lo cual debe verse aplicado en el diseño y ejecución de las políticas públicas de salud.

La salud mental no debe ser visto como algo excepcional, debe dejar de ser un tema tabú para la sociedad, es un derecho constitucional que exige un rol activo por parte del Estado a abordarlo como un problema de salud pública, a garantizar su acceso preferente y reducir las desventajas que enfrentan las personas que padecen trastornos, mereciendo un trato digno y sin discriminación.

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