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La realidad de los derechos reales

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Fecha Publicación: 12/01/2024 - 21:40
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Las sociedades, a lo largo de la historia, han buscado establecer normas para regular la posesión y disfrute de bienes. En este contexto, Roma desempeñó un papel crucial al sentar los cimientos para el desarrollo de los derechos reales, atributos que otorgan a una persona poder directo e inmediato sobre un bien.

En la antigüedad, las instituciones jurídicas romanas, plasmadas en obras como el “Corpus iuris Civilis,” sentaron las bases de conceptos fundamentales como la propiedad, posesión y prescripción, que aún perduran. Este compendio legal, resultado de la orden del emperador Justiniano I de compilar y sistematizar la legislación, está integrado por el Digesto o Pandectas, las Instituciones, el Nuevo Código y las Novelas.

En la edad media, bajo el contexto del feudalismo, surgieron formas específicas de derechos sobre la tierra. Los señores feudales ejercían derechos señoriales sobre las tierras que concedían a sus siervos, estableciendo una relación jerárquica que involucraba el uso y disfrute de la propiedad.

En la edad moderna, destaca el Código Civil francés de 1804, conocido como el Código Napoleónico, que sistematizó ideas del Derecho Romano. Su influencia se extendió por Europa y América Latina, impactando directamente la conceptualización y regulación de los derechos reales en múltiples jurisdicciones.

Los derechos reales que estamos explorando otorgan al titular facultades como usar, disfrutar, disponer y reivindicar el bien de manera absoluta, frente a terceros y de manera exclusiva. Entre estos derechos se destaca la propiedad como el más completo, permitiendo un control absoluto. La posesión, aunque controvertida en su naturaleza, se refiere al control físico y algunos la consideran un derecho personal. Otros incluyen el usufructo, que confiere las facultades de usar y disfrutar, así como el uso y habitación, y las servidumbres, que imponen limitaciones al bien en beneficio de otro.

Estos derechos reales se han adaptado a las necesidades y contextos de cada sociedad a lo largo del tiempo, convirtiéndose en una garantía esencial para los sistemas económicos al proporcionar incentivos necesarios para la inversión, la innovación y el intercambio comercial. Este respeto no solo beneficia a individuos y empresas, sino que también contribuye al bienestar económico general y al desarrollo de sociedades prósperas.

En el caso específico de Perú, los derechos reales están contemplados principalmente en el Código Civil de 1984, y la Constitución de 1993 establece que el derecho a la propiedad es inviolable, garantizado por el Estado, y su ejercicio debe armonizarse con el bien común (Art. 70). Este marco legal refleja la importancia de mantener un equilibrio entre los derechos individuales y el bienestar colectivo.

Abogado, docente universitario, consultor legal

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