La pericia
La pericia procederá siempre que, para la explicación y mejor comprensión de algún hecho, se requiera conocimientos especializados de naturaleza científica, técnica, artística o de experiencia calificada.
En todas las especialidades del derecho en algún momento se requerirá de la pericia para que se ilustre sobre los hechos de controversia, debemos tener presente que las pericias pueden darse en el ámbito penal, civil, administrativo, laboral, agrario, tributario, notarial y registral y demás especialidades, porque siempre la conducta está presente en los acontecimientos humanos, diciendo la verdad o negándola y, muchas veces, requiere del especialista para una mejor ilustración de los intereses en conflicto. Debemos tener presente que las pericias pueden ser oficiales y de parte y cuando existe conclusiones diferentes después de las ratificaciones, puede disponerse una diligencia de debate pericial para el mejor esclarecimiento de los hechos.
En este artículo nos vamos a referir, a los dictámenes periciales psiquiátricos y psicológicos de una persona sometida a un proceso penal por posesión de drogas, que niega dedicarse a la micro comercialización y que es un consumidor compulsivo, debido a su estado ansioso, angustia y pánico y para calmar estos síntomas los induce a consumir. Sin embargo, en el expediente solamente existe el dicho del imputado, las investigaciones técnico policiales, que corrobora un hecho fáctico, se le encontró droga; y a partir de este hecho, el juez, de oficio dispone que se le practique un dictamen pericial psiquiátrico y psicológico para establecer si el peritado es un consumidor ocasional, habitual o es un farmacodependiente, en que su consumo es permanente, continuo y solamente vive para drogarse.
El consumidor ocasional es aquella persona que consume de vez en cuando, los fines de semana, en una reunión, lo hace por las circunstancias que le toca vivir, inclusive tiene la voluntad de decir no al consumo, su adicción se encuentra en una fase inicial, que puede corregirse a tiempo, para que el día de mañana no sea demasiado tarde y no pueda darse vuelta atrás.
En cambio, el consumidor habitual consume tres veces por semana o más y el fin de semana es imperdonable que no lo haga, porque siente la necesidad de hacerlo para sentirse aparentemente bien, le invade la soledad, tristeza, la depresión, falta al trabajo, inclusive en el horario laboral, consume, la familia no desea tenerlo en casa, las cosas se desaparecen, la relación familiar se vuelve disfuncional, comienzan las agresiones físicas, psicológicas, que muchas veces lindan con la responsabilidad penal.
El farmacodependiente o drogadicto vive las veinticuatro horas para consumir, su vida se circunscribe a consumir de día, noche y madrugada, la persona empieza a deteriorarse interiormente, no existe el sentido de responsabilidad, la familia le cierra las puertas, duerme en las calles, come de la basura, las facultades mentales como el pensamiento, la percepción, el lenguaje, la memoria se alteran, pierden todo concepto de sí mismo, el final es la cárcel, el manicomio o la muerte en las calles.
Los peritos en su dictamen pericial psiquiátrico y psicológico concluyeron que el peritado era un farmacodependiente; y el señor juez, después de recibir el dictamen, fija día y hora para la diligencia de ratificación, donde los peritos explican que sus facultades mentales están afectadas y el juez resuelve declararlo inimputable y aplica una medida de seguridad para tratarlo.
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