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La ONU, su carta y su naturaleza jurídico-política

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Fecha Publicación: 13/09/2023 - 21:50
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A propósito de la reciente intromisión del coordinador residente del Sistema de las Naciones Unidas – ONU en el Perú, en los asuntos internos del Estado peruano, refirámonos, entonces, a este foro político internacional por excelencia, el único de cobertura planetaria. Lo primero que debemos afirmar es que la ONU es una organización internacional, es decir, un sujeto del derecho internacional como el Estado –la ONU por tanto tiene derechos y deberes–, dado que asume el activo de la responsabilidad internacional por sus acciones y los actos de sus funcionarios en su nombre, pero carece de soberanía, una cualidad intrínseca solo atribuible al Estado.

La ONU fue constituida por un tratado, que es la Carta de San Francisco, su instrumento jurídico estructural. En efecto, no existe un documento jurídico-político más universal en la historia de la humanidad que la Carta de las Naciones Unidas o Carta de San Francisco, firmada el 26 de junio de 1945.

La Carta fue refrendada por 50 de los 51 Estados que integraron la ONU en el momento de su creación. Polonia lo hizo pocos meses después. Por Perú, lleva la firma del eminente internacionalista Alberto Ulloa Sotomayor, exministro de Relaciones Exteriores, que para disponerse a cumplir la misión encomendada por el Gobierno del presidente Manuel Prado Ugarteche, debió dejar su cátedra de derecho internacional en San Marcos a su asistente, más tarde, también descollante internacionalista, el maestro Andrés Aramburú Menchaca –mi promoción sanmarquina, con orgullo, lleva su nombre– y el Taller de Derecho Internacional de la cuatricentenaria y Decana de América, el de Ulloa Sotomayor (TAUS). Redactar la Carta no fue una tarea fácil.

Su contenido de 111 artículos –hubo pocas enmiendas, pero trascendentales, como el cambio de Taiwán por China continental en el Consejo de Seguridad– debía tener la virtud de recoger las aspiraciones de todos los pueblos del mundo –los que la firmaron inicialmente y los que fueron incorporándose abrumadoramente después hasta llegar a los 193 Estados de hoy– y qué bien que lo logró, pues el mantenimiento de la paz se abrió paso como la finalidad central de la Carta. Era lo esperado. La Segunda Guerra Mundial (1939-1945) había dejado el saldo de más de 60 millones de muertos, alrededor de 65 millones de heridos –entre ellos, unos 35 millones en la condición de graves– y más de 3 millones de desaparecidos. Con esas cifras escalofriantes que habían aterrado a la comunidad internacional, a nadie se le ocurría hablar de ningún asunto que no fuera el referido mantenimiento de la paz.

La Carta de San Francisco, que entró en vigencia 4 meses después –es decir, el 24 de octubre de 1945– constituye, entonces, el mayor tratado que hayan convenido los pueblos del mundo. Su carácter comprehensivo y totalizador la ha convertido en el texto más trascendente y eficaz para la convivencia pacífica de la civilización planetaria. Desde su creación la ONU mantiene una relación armoniosa de coordinación con los Estados que decidieron crearla y sobre todo respetando escrupulosamente el carácter pétreo de su referida soberanía. Finalmente, en la larga historia del derecho internacional la injerencia ha sido una práctica censurable cometida por los Estados, por lo que sorprende profundamente verla de la ONU por obra de uno de sus funcionarios.

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