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La Ley Mordaza: una amenaza vigente

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LAP, los baños de mujeres son de mujeres
Fecha Publicación: 20/01/2022 - 22:58
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En 2016, durante el Gobierno de Pedro Pablo Kuczynski, el Poder Ejecutivo solicitó al Congreso, el otorgamiento de facultades para legislar, entre otros, en materia penal “con el objeto de revisar la regulación vigente del delito de feminicidio y sus agravantes, la terminación anticipada y la confesión sincera; así como la regulación vigente de los beneficios penitenciarios, para combatir la violencia familiar y la violencia de género, y proteger los derechos de las mujeres, niñas y niños, y adolescentes”. Mediante Ley 30506, el Congreso le otorgó estas facultades dentro de los alcances señalados.

A consecuencia de ello, el Ejecutivo emitió varios decretos, entre ellos el Decreto Legislativo N° 1323: ‘‘Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género”, en virtud del cual se modificaron varios artículos del Código Penal, entre ellos el artículo 46° relativo a las circunstancias de atenuación y agravación de los delitos, y el 323° que tipifica el delito de discriminación.

En el Art 46° el Ejecutivo incluyó como agravante la ejecución de delitos bajo móviles de intolerancia como los referidos a orientación sexual e identidad de género. En el Art 323° que tipifica el delito de ‘‘discriminación’’, el Ejecutivo modificó el tipo penal con una redacción confusa que hace imposible determinar cuál es la conducta a sancionar, lo cual viola el principio de legalidad establecido en la Constitución. Además, incluyó la orientación sexual y la identidad de género como motivos de discriminación y, por si fuera poco, criminalizó la opinión al establecer que la discriminación podía ocurrir vía internet u otro medio análogo, y es claro que a través de internet solo se transmite opiniones, lo cual deja en evidencia que estamos frente a una LEY MORDAZA.

Estas modificaciones al Código Penal excedieron las facultades otorgadas por el Congreso, pues este nunca autorizó al Ejecutivo a legislar sobre conceptos de orientación sexual o identidad de género, y tampoco autorizó modificar el delito de discriminación. Por tanto, el Congreso en cumplimiento de sus atribuciones de control de las facultades legislativas delegadas derogó parcialmente el Decreto Legislativo 1323.

Sin embargo, el expresidente PPK y el premier Fernando Zavala observaron la norma que derogaba parcialmente dicho Decreto, lo que originó que esta regresara a la Comisión de Constitución del Congreso, en donde se aprobó por mayoría un dictamen por insistencia que actualmente se encuentra en el archivo del Congreso desde 2017.
Hasta que ese dictamen no sea debatido y votado por mayoría en el Pleno del Congreso, la Ley Mordaza sigue vigente, representando un peligro contra la libertad de religión, expresión y culto. Tal fue el caso del líder del Movimiento Misionero Mundial, Rodolfo Gonzales Cruz, a quien el Ministerio Público con base en el Art 323° del Código Penal, dispuso investigar en marzo de 2017, por haber leído pasajes de la Biblia en un servicio pastoral.

Libertad de expresión. ¡No a la Ley Mordaza!

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