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La formalización de la minería

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Fecha Publicación: 25/01/2023 - 23:30
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Entre muchos de los problemas pendientes que tiene el Perú debemos considerar la formalización de un extenso sector de la minería que no trabaja dentro de parámetros estrictamente jurídicos. Me refiero a los mineros informales e ilegales, dos categorías que se encuentran en una situación oscura en cuanto a los primeros y fuera de la ley en cuanto a los segundos, cuyo destino es la erradicación ya iniciada pero no culminada. En la actividad minera existen tres grandes estamentos formales, el régimen general que comprende a todas las empresas mineras grandes y medianas que operan bajo un régimen plenamente legal, la pequeña minería y la minería artesanal, ambas de menor extensión en concesiones y con un límite estricto en cuanto a su capacidad operativa.

Sin embargo al lado de los pequeños mineros y mineros artesanales tenemos un grupo muy grande de operadores, los ilegales, que cuentan con una gran capacidad productiva y además que explota yacimientos mineros en zonas prohibidas para la minería. Estos mineros ilegales ubicados en los departamentos de Madre de Dios, Puno, Arequipa, Ica y San Martín están dedicados a la explotación del oro que exporta clandestinamente con una venta anual del orden de los US$ 3,000 millones. Es un grupo muy poderoso desde el punto de vista económico y que además financia actividades terroristas. Ahora constituye una amenaza a la seguridad interna y externa del Perú.

Con respecto a los mineros informales la situación es diferente. Hace once años el Estado comenzó el proceso de formalización mediante una Declaración de Compromiso, que ahora se ha convertido en el Registro Integral de Formalización Minera –REINFO–, el cual constituye la clave del proceso y de la solución. ¿Cuántos mineros informales están inscritos en el REINFO? Alrededor de 80,000. ¿Cuántos se han formalizado? A la fecha 10,692 mineros según información oficial del Minem. Si comparamos ambas cifras podemos concluir que el proceso de formalización minera no ha tenido éxito. ¿Por qué? Por varias razones, la primera, el excesivo número de leyes que regulan la materia, 10 decretos legislativos y hasta 4 cuatro leyes del Congreso, más un número indeterminado de decretos supremos reglamentarios que confunden el panorama.

¿Qué hacer? Derogar toda la normativa legal y reglamentaria vigente y promulgar una ley, que en síntesis establezca lo siguiente: 1) Sobre la base del REINFO acreditar una o varias concesiones mineras vigentes o en su defecto contratos de cesión, explotación o permiso del titular de la concesión para explotarla total o parcialmente; 2) acreditar propiedad del terreno superficial o autorización del propietario, en defecto de ambas una declaración jurada en el sentido que en el plazo de 2 años resolverá ese tema; 3) acreditar autorización para el uso de aguas o declaración que en el plazo de 2 años resolverá ese tema; 4) Presentar el IGAFOM (Instrumentos de Gestión Ambiental para el REINFO) y lograr su aprobación dentro del plazo de 6 meses; 5) Presentar una declaración para las operaciones en Costa y Sierra que no están superpuestas a restos arqueológicos, en la Selva solo si hubieran restos arqueológicos dentro de un radio de 50 km; 6) Acreditar que no utiliza mercurio y en caso contrario que dejará de emplearlo en el plazo de 6 meses bajo constatación de la autoridad minera competente.

Amables lectores, el Perú se merece, ahora más que nunca, aprobar esta propuesta.

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