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Javier Milei: la criptoestafa

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Fecha Publicación: 19/02/2025 - 21:40
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Recientemente, Javier Milei actual presidente de la República Argentina, se ha visto involucrado en una posible estafa mediante criptoactivos. Toda esta imputación penal, nace a partir de una publicación realizada con fecha 14 de febrero del 2025, en la que el mandatario argentino, publica en su cuenta “X” un tuit en el que refiere: “La Argentina Liberal crece!!! Este proyecto se dedicará a incentivar el crecimiento de la economía argentina, fondeando pequeñas empresas y emprendimiento argentinos. El mundo quiere invertir en la Argentina. vivalalibertadprojetc.com, Contrato: Bo9jh3wsmcC2AjakLWzNmKJ3SgtZMXEcSaW7L2FAvUsU, $Libra…”, el mismo que fue borrado horas después.
Se trata de la promoción por parte del mandatario de un criptoactivo de nombre $Libra que fue creado con el hipotético objetivo de financiar pequeñas empresas argentinas, situación que dista mucho de serlo. Muy por el contrario, se trataría de una modalidad del delito ciberestafa con criptoactivos en la modalidad de “Pug Pull” o tirón de alfombra, que es una forma de fraude, en la que los creadores de un proyecto crypto, con la finalidad de atraer inversionistas y lograr que el “token” o ficha aumenten de valor, para posteriormente abandonar el proyecto y retirar los fondos recaudados, como parte de una estafa masificada o un delito masa.
Lo primero sería determinar, sí a partir del mensaje lanzado por el mandatario en su red “X”, existió alguna complicidad entre este y los desarrolladores del proyecto $Libra, para posteriormente consumar la estafa masiva. Lo segundo, es cuál es la base normativa de los criptoactivos, ya que, a partir de su naturaleza legal, se podrá determinar posibles responsabilidades de índole penal.
En cuanto a la regulación de los criptoactivos a nivel mundial, salvo dos países que son El Salvador y República Centro Africana, ambos pioneros en la adopción del bitcoin como moneda de curso legal, el resto de países dentro de los que se encuentra Perú y Argentina, han adoptado una regulación normativa a nivel preventivo en materia de Lavado de Activos. En el caso peruano el Ministerio de Justicia, ha emitido el Decreto Supremo Nº 006-2023-JUS, en el que se amplía la lista de sujetos obligados y se incorpora a los proveedores de activos virtuales y la resolución SBS N° 02648-2024.
El presidente Javier Milei, ha declarado en sus descargos a la prensa internacional, que este proyecto no ha sido abalado, ni financiado por el gobierno argentino, que simplemente él se circunscribió y limitó a difundir el proyecto, como lo podría haber hecho cualquier persona. Además, señala que se trata de acuerdo comercial entre privados y que estos asumían su propio riesgo. Es demás sabido que en el mundo de las finanzas y en especial el mundo de compraventa de activos, siempre generan un riesgo producto de las variaciones de los precios, y esta volatilidad es un pasivo que asume netamente el inversor al momento de entrar en este tipo de mercado regulado. En el mercado de los criptoactivos el riesgo es un más alto, y por ende la volatilidad tiene una mayor incidencia, a ello se suma el tema noticioso, la falta de regulación, el problema de la territorialidad, el sentido de la privacidad, y el factor político entre otros, todos estos pasivos, que son asumidos por los consumidores de los criptoactivos.
Sin embargo, no debemos perder perspectiva que lo que realmente debe analizarse, es sí el mensaje del mandatario argentino Javier Milei, promocionando el lanzamiento y la compra de un determinado criptoactivo que posteriormente perdió valor, puede ser objeto de algún tipo de responsabilidad penal en razón del perjuicio económico ocasionado a los inversores que decidieron invertir en este activo virtual. por haber leído el tuit publicado por el mandatario.
Sin duda que aún queda mucho por aclarar en este caso, pero lo real y concreto es que un mensaje masivo lanzado en una red social por el presidente de la república de un país, puede llegar a generar impacto significativo, más aún sí se está incentivando a la inversión de un activo virtual por parte de sus conciudadanos. Ahora es importante tomar en cuenta que vivimos en el mundo de los criptoactivos.

Por Gerardo Lamas Suarez

(*) Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca
Autor del Libro: Criptoactivos y Lavado de Activos

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