Informalidad y soluciones
La mayoría de las personas que tratan sobre el tema de la informalidad en el país estiman que la solución al problema es que los trámites para la formalización sean muy sencillos.
Para analizar dicha solución, primero tendríamos que saber ¿quiénes son los informales? Ellos son los que realizan actividades empresariales fuera de los registros del Estado e inclusive lejos de sus ojos, puesto que para el propósito el Estado sigue ciego.
Las actividades empresariales de los informales son de todo tipo y tamaño, al igual que diferentes sus actores, que bien pueden ser personas naturales o grupos de ellas.
Bueno, pues, los informales están fuera de los registros del Estado, pues no están inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), tampoco están registrados en el municipio del distrito donde realizan sus actividades, puesto que carecen de licencia de funcionamiento, como también están fuera de los reflectores de Defensa Civil, que es sumamente dura con los formales y tuerta ante los que no lo son.
La SUNAFIL tampoco tiene dentro de sus reflectores a los informales, que por lo general no tienen libros de planillas, no depositan ni pagan las CTS ni menos aportan para la Seguridad Social (EsSalud), al igual que no hacen los descuentos para el Sistema Previsional, trátese del público o del privado y, si lo hacen, no los depositan. Igualmente, están fuera de la bancarización y que, si por sus actividades especiales requieren de otras autorizaciones, como por ejemplo la minería o farmaindustria, también adolecen de ellas.
Como vemos, sería muy fácil crear un sistema poco burocrático y sin mayores requisitos para la formalización, pero ello no es solución al problema por varias razones.
La primera de ellas es que siempre estará debiendo el formalizado sus impuestos por la época no prescrita de la informalidad, como son, por ejemplo, el IGV y el Impuesto a la Renta.
La segunda de ellas es que siempre el municipio y Defensa Civil podrían sancionarlos por el período en que estuvieron actuando sin licencias ni autorizaciones.
Por otro lado, SUNAFIL, ahora que ya los conoce por la formalización, podría sancionarlos por no haber tenido los registros laborales o planillas, lo que igualmente sucedería con EsSalud y el Sistema Pensionario.
Si bien es cierto que para todo ello y en adición a las reglas sencillas de formalización se requeriría de la dación de una norma de amnistía que los libere de los pagos que estaban obligados en el pasado y que no hicieron, al igual que de los registros. Para el caso de la compensación por tiempo de servicios (CTS) y otros beneficios sociales, la amnistía no los libera de hacer los depósitos y pagos a los que estuvieron obligados, pues los beneficios sociales son irrenunciables, ni siquiera el beneficiario puede exonerar al empleador de ellos por mandato constitucional (artículo 26). Para el caso de los beneficios sociales se requeriría, no de amnistía, sino de una norma que permitiese pagar los adeudos sin penalidades y en largos plazos.
Como vemos, la solución no es solo trámites sencillos para la formalización, sino adicionalmente amnistía de varios tipos y norma permisiva para pago de beneficios sociales adeudados en plazos convenientes.
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