Es justo y necesario
A vísperas de conformarse una nueva Mesa Directiva en el Congreso de la República, la congresista Ruth Luque, de la bancada del naciente movimiento Perú Democrático (PD), ha calificado de “absolutamente inconstitucional” el Proyecto de Resolución Legislativa No. 2476/2021-CR que busca replantear la conformación de la Mesa Directiva del Poder Legislativo, argumentando que el referido proyecto busca un “cuello de botella” para beneficiar solo a algunos partidos políticos que pretenden “tener un manejo casi direccional” sobre la Mesa Directiva del Legislativo.
El proyecto multipartidario (¡milagro que se pusieron de acuerdo!) entre Perú Libre, Renovación Popular, Avanza País, Fuerza Popular y Acción Popular ha sido impulsado para especificar que la lista de candidatos para la Mesa Directiva del Congreso solo esté conformada por legisladores de un mismo partido por el cual se les eligió, lo cual es lógico, justo, dable, necesario y razonable.
Por su parte la congresista María Agüero de la bancada de Perú Libre (PL), consideró que la iniciativa busca fortalecer las organizaciones políticas y “ayudaría contra el transfuguismo”.
El texto legislativo presentado serviría como un instrumento de tipo legal, inclusive ético y moral, para asegurar la lealtad y fidelidad de principios, programas y objetivos de la organización política con el que fueron elegidos, en otras palabras un estricto respeto a la ideología política con la cual se obtuvo una curul.
El artículo 12 del Reglamento del Congreso (el cual tiene rango de ley) especifica que los congresistas en el caso de la instalación del nuevo Congreso, o los congresistas en ejercicio, en el caso de la instalación de un nuevo periodo anual de sesiones dentro del periodo parlamentario, o los Grupos Parlamentarios debidamente constituidos, pueden presentar a la Oficialía Mayor las listas de candidatos para ocupar los cargos de la Mesa Directiva del Congreso, hasta 24 horas antes de la fecha prevista para la elección. Debe proponerse un candidato para cada cargo que corresponda, acompañándose la firma del vocero autorizado de uno o más Grupos Parlamentarios, siempre que el Grupo esté constituido. La Oficialía Mayor da cuenta al presidente de la Junta Preparatoria o del Congreso, según el caso.
En el caso de la elección de la Mesa Directiva para un nuevo periodo anual de sesiones, el acto electoral se lleva a cabo el mismo día de la instalación o a más tardar al día siguiente.
Por higiene legislativa hay que tener en claro que el transfuguismo es una deslealtad para con los electores, dejar un partido o grupo parlamentario para integrar otro o conformar uno nuevo, va contra los principios de todo congresista, cualquiera sea su ideología política.
El transfugismo por conveniencia, es indigno y mella aún más el desprestigio del congresista.
Finalmente el transfuguismo cuasi delincuencial, donde el congresista cual prostituta deja el partido por el cual fue electo por una prebenda de cualquier índole, como si fuera mercancía y de esos saben mucho..., aquellos que votan de acuerdo no con criterio de conciencia, sino por los dictados de la Casa de Pizarro.
Un congresista, no solo debe serlo, sino sobre todo parecerlo.
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