ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

¿En qué consiste el asilo español a Edmundo González?

Imagen
Fecha Publicación: 09/09/2024 - 21:50
Escucha esta nota

El embajador Edmundo González, ganador por goleada del proceso electoral en Venezuela, ha llegado a Madrid, y a buen recaudo, felizmente, luego de que el reino de España, acertadamente, le concediera asilo político. Para hacer realidad el asilo, que es un derecho de España en su calidad de Estado acreditado –erradamente suele creerse que es un derecho de quien lo recibe–, el régimen de Nicolás Maduro debió extender el salvoconducto, lo que hizo, para que González pudiera dejar la referida misión diplomática y embarcarse rumbo a la península ibérica. Es muy importante no perder de vista que el asilo, además de constituir una prerrogativa de España, tiene el carácter de inoponible, es decir, no existe ninguna posibilidad, desde el derecho internacional, para que la dictadura venezolana hubiera decidido oponerse, porque sencillamente corresponde a la plena soberanía del Estado asilante (España). Esta característica fundamental del derecho de asilo es uno de los más grandes legados de la histórica Paz de Westfalia de 1648, acontecimiento que puso fin a la Guerra de los Treinta Años en Europa. Ahora bien, aunque en la historia de América Latina hubo gobiernos que negaron el salvoconducto –la referida pieza documental que permite salir del territorio del Estado persecutor (Venezuela) sin temor a ser detenido– a quienes contaron con el asilo concedido por terceros países, el gobierno de facto de Nicolás Maduro ha creído un obstáculo la figura de Edmundo González, más aún en esta etapa en que buscan afirmar su “victoria” y, por eso, sin pensarlo dos veces, decidieron deshacerse del legítimo ganador de las elecciones del pasado 28 de julio, y han teatralizado el cumplimiento de la Convención de Caracas sobre Asilo de 1954, que establece que el Estado territorial (Venezuela) –que es el que lo extiende– “deberá entregarlo apenas concedido el asilo político” (Artículo 9 de la referida Convención), que es lo que finalmente ha sucedido. La vida de Edmundo González era lo más importante que debía ser preservado y el asilo fue otorgado en ese sentido, y dado que no requiere sustentaciones o explicaciones, debo reiterar mi reconocimiento al Gobierno español, que preside Pedro Sánchez, por haber acertado al concederlo al valiente diplomático llanero. No hay que olvidar que el asilo está plenamente garantizado, además de que, por la referida Convención de 1954, de la que Venezuela es Estado Parte, por la costumbre internacional, ambas fuentes del derecho internacional, es decir, métodos creadores del derecho, consagrados en el artículo 38° del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. Lo anterior, finalmente, significa que la nación de Miguel de Cervantes Saavedra, autor del Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha, velará por la integridad de González, asumiendo la carga material de su permanencia todo el tiempo que España lo considere.

(*) Excanciller del Perú e Internacionalista

Mira más contenidos siguiéndonos en FacebookXInstagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.