El presupuesto público y la Constitución
El Presupuesto General de la República es la herramienta de ejecución de la política económica estatal. Responde a la necesidad de proyectar el dinero que se destinará a los diversos sectores del gobierno central e instancias descentralizadas, de tal manera que se pueda asegurar la asignación y distribución de los recursos de forma eficiente para la inversión en obras públicas y para la cobertura de los servicios públicos básicos que demanda la población.
El presupuesto público es una herramienta técnica de gestión. A la luz del Derecho Constitucional, también es una expresión concreta del Estado de Derecho por cuanto nace de la iniciativa del Poder Ejecutivo y es autorizado por ley emitida por el Congreso de la República, poder del Estado que puede modificarlo total o parcialmente, sin tener la iniciativa de crear ni aumentar el gasto público, salvo su propio presupuesto. Este instrumento de planificación financiera permite priorizar el gasto público y nos da a conocer el origen de los recursos. Para el periodo 2022, se ha priorizado el gasto en salud, educación, fortalecimiento de la competitividad agrícola, alivio a la pobreza y la promoción del empleo y productividad.
Bajo la configuración constitucional, el Presupuesto General de la República responde al deber de promover “el bienestar general basado en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación”. Sin embargo, la teoría no se aplica en la práctica lo cual se aprecia en las brechas sociales existentes, no específicamente por falta de disponibilidad de recursos sino por un gasto público ineficiente. Es costumbre que los gobiernos regionales no ejecuten la totalidad de su presupuesto de forma adecuada y que aun se encuentren regiones rezagadas en la ejecución de inversión pública en el primer semestre como Huánuco (8.3%), La Libertad (11.4%) e Ica (13.2%).
Y en cuanto al sector salud, el presupuesto asignado para el 2023 sería de S/ 24.769 millones, cantidad que será distribuida en sus distintas instancias, de la cual, S/ 299 millones de soles irán al INEN cantidad que no cubre ni la mitad de la demanda de los pacientes con cáncer y sus requerimientos de compra de medicamentos y acceso universal a tratamientos oncológicos a pesar que se había anunciado un presupuesto de S/ 1048 millones de soles para la prevención y control del cáncer, monto igualmente insuficiente.
Finalmente, si el presupuesto debe responder a fines constitucionales vinculados al bien común es importante que refleje transparencia en su ejecución presupuestal razón por la cual es relevante el rol que cumple la Contraloría General de la República, dotada de la logística y competencias necesarias. Parafraseando al destacado jurista Torres Boursault, no puede hablarse de democracia sin que la administración estatal de los recursos esté sujeta a mecanismos efectivos de control.
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