El derecho penal e inseguridad ciudadana
El que diariamente recibamos noticias que muestran agresiones, robos, violaciones, acosos, extorsiones, entre otros hechos criminales van construyendo una sensación de inseguridad cada vez mayor y que crece en progresión geométrica. La respuesta punitiva es inmediatista e irreflexiva: el incremento de penas, la imprescriptibilidad de algunos delitos, la restricción de beneficios penitenciarios, procesos abreviados y, con todo ello, se pretende generar una seguridad mágica y automática, cediendo espacio para el populismo y demagogia punitiva, como si las reformas penales gravosas realmente fueran disuasivas. Un error que se repite con tendencia al infinito.
Es importante distinguir la situación real de inseguridad ciudadana de la sensación de inseguridad generada; principalmente por los medios de comunicación social y que orillan hacia la decisión de adoptar medidas demagógicas, oportunistas, poco estudiadas y, por tanto, carentes de eficacia. Empero, despiertan propósitos vindicativos en favor de las víctimas, pero que le quitan racionalidad a la reacción punitiva estatal.
En el plano de la acción, a fin de dotar de efectividad a las medidas emprendidas, se sigue la misma recta equívoca: se considera la posibilidad de autorizar la intervención de las fuerzas armadas en problemas de seguridad interna, se genera de nuevas etiquetas populistas como “terrorismo urbano”, que tiene como antecedentes “los delitos agravados” y “terrorismo agravado”, figuras generadas a fines de la década del 90 para reprimir severamente actos de robo, secuestro, extorsión y otros delitos comunes cometidos en organizaciones y con armas de guerra (Decretos Legislativos N° 895 y 895) a los que se les asignó un proceso especial con el recorte de importantes garantías de justicia. Se sigue insistiendo en el extravío conceptual de hacer política criminal mediante el proceso. Precisamente, la garantía frente a la labor punitiva del Estado se convierte en instrumento inconstitucional y se desvirtúa su razón de ser.
Diera la impresión de que ingresamos en un círculo vicioso de reformas, ante las oleadas de incremento de determinado tipo de criminalidad se adopta la denominada “mano dura” –que tiene mucho de aplauso de la calle y poco de razonamiento jurídico– que se materializa con más restricciones de derechos fundamentales. En suma, un debilitamiento del Estado Constitucional de Derecho.
En conclusión: las medidas represivas son solo simbólicas y no determinan una disminución de la criminalidad. No lo han hecho en ningún momento y lugar. Lo importante será establecer si para neutralizar las amenazas de la delincuencia común, el Estado tiene una estrategia integral y actual y dentro de los límites constitucionales.
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