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El derecho de acceder a medicamentos genéricos

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Fecha Publicación: 16/03/2024 - 21:10
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La salud se configura como un derecho social en nuestra constitución. Como tal, es la obligación del Estado garantizar su acceso pleno a todas las personas dada su vinculación directa con nuestro derecho a la vida.

Dar un servicio de atención a la salud de mala calidad o la falta de acceso a medicamentos, son dos ejemplos de la forma en como la población siente que el derecho a la salud no es prioridad para la administración estatal.

Son diversos tratados reconocidos por el Perú que abordan la importancia de garantizar este derecho. Para entender el contenido y alcance del derecho a la salud podemos citar el Protocolo de San Salvador, cuya ratificación se dio por Resolución Legislativa n.° 26448.

Este tratado reproduce los compromisos que el Estado ha contraído abordando la salud como bien público, los mismos que se refieren a garantizar una atención primaria de calidad, la extensión de los servicios de salud a todos los individuos, la educación, la prevención y el tratamiento así como la satisfacción de las necesidades de salud de los grupos de más alto riesgo y que por sus condiciones de pobreza sean más vulnerables.

Es decir, son los grupos mas vulnerables los que deben tener garantizado su pleno acceso al bien público de la salud, por lo que resulta contrario a esta finalidad constitucional que la población no pueda comprar medicamentos genéricos en razón a un monopolio farmacéutico. Y es que cuando los privados ingresan al mercado como proveedores de bienes y servicios a la salud, deben ejercer su libertad económica teniendo en cuenta la finalidad pública, orientando su negocio a la plena realización de dignidad humana.

En esta misma línea debe garantizarse el acceso al derecho a la salud sin discriminación y en igualdad de oportunidades, es decir contar con un sistema de salud que considere los parámetros mínimos establecidos por la Observación General 14 de la Organización Mundial de la Salud, como son: la accesibilidad, calidad, calidad y aceptabilidad.

Entre estos, es importante enfatizar algunas consideraciones en relación a estos parámetros mínimos: acceso a la información relevante y oportuna así como a una gama de medicamentos alternativos en calidad y características para las personas cuya condición económica no les permite adquirir medicamentos de reconocidas marcas farmacéuticas.

Finalmente, y a fin de entender la importancia de contar en el mercado con medicamentos genéricos, el Tribunal Constitucional ha interpretado la importancia de garantizar el acceso a medicamentos esenciales a la población de bajos recursos resaltando la obligación del Estado de garantizar el acceso progresivo pero además priorizando abastecimiento y disponibilidad para superar la barrera presupuestal.

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