ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Dispara primero y captura después

Imagen
Fecha Publicación: 24/09/2025 - 22:00
Escucha esta nota

Desde el 20 de enero del 2025, el presidente Trump ha emitido numerosas “órdenes ejecutivas” destinadas a combatir el narcotráfico más allá de las fronteras de los Estados Unidos. Esas disposiciones emanadas del Poder Ejecutivo se han concretado específicamente en el hundimiento de por lo menos tres barcazas en aguas fuera de la jurisdicción de dicho país, que supuestamente llevaban cargamentos de cocaína, y asimismo en la muerte de sus tripulantes, que perecieron como consecuencia del bombardeo ordenado por Trump.
Tales embarcaciones y las personas que las conducían fueron detectadas por los instrumentos espaciales de vigilancia de los Estados Unidos, siendo muy probable que, en efecto, llevaran drogas; pero lo que no está claro es el destino final de su cargamento, en razón de que, por lo menos una de ellas, se dirigía a la isla de Trinidad, que obviamente es un país soberano con el poder de capturar y disponer el destino de tales drogas.
Estos hechos me llevan a formular la siguiente pregunta: ¿el presidente Trump es el señor de la vida y la muerte de cualquier persona en el mundo por la sola sospecha o el conocimiento de que es narcotraficante? Para luego formularnos una interrogante adicional: ¿puede el primer mandatario norteamericano ordenar un ataque que conduzca a la muerte de tales personas —peruanos, por ejemplo— por el solo hecho de considerarlos enemigos de su país, al calificarse el narcotráfico como una actividad contraria a la seguridad y bienestar de los Estados Unidos?
Desde el punto de vista del Derecho Internacional, así como del Derecho Humanitario, resulta claro que una acción de esa naturaleza sería antijurídica, con mayor razón si tales embarcaciones hubieran podido ser abordadas e inspeccionadas, respetándose la vida de quienes estaban a bordo. A los supuestos delincuentes no se les mata, sino que se les juzga para determinar su presunta culpabilidad.
Sin embargo, también surge otra conclusión válida: tales embarcaciones fueron hundidas porque supuestamente llevaban un cargamento de drogas destinadas a los Estados Unidos. De lo cual se desprende, sin duda alguna, que en dicho país existe un inmenso y lucrativo mercado en beneficio de ciudadanos norteamericanos residentes en su patria, que colocan con grandes ganancias los productos del narcotráfico a las personas adictas a tales sustancias.
Frente a esa innegable realidad, podemos concluir que dentro de los Estados Unidos existe una millonaria actividad destinada a vender drogas a quienes tengan el dinero para comprarlas. Ahora bien, el consumo individual y/o colectivo de drogas puede no ser un delito. ¿Pero las personas que las venden e incentivan su consumo, acaso no son delincuentes que atentan contra la salud pública, al margen de que sean ciudadanos norteamericanos?
Frente a esa interrogante, resulta evidente que el gobierno de los Estados Unidos debe perseguir ese delito y no hacerse de la vista gorda porque quienes los cometen son sus propios ciudadanos.
La respuesta a tales interrogantes es que el narcotráfico debe ser combatido principalmente dentro del territorio de los Estados Unidos, y los narcotraficantes, sean o no sus ciudadanos, deben ser apresados para su juzgamiento por los tribunales de dicho país.
En el supuesto de que el presidente Trump emitiera una orden ejecutiva ordenando disparar primero y capturar después —con o sin la muerte de los presuntos narcotraficantes norteamericanos—, estaría violando el artículo III de la Constitución de los Estados Unidos, que confiere al Poder Judicial la potestad de juzgar los delitos.
En semejante situación, el presidente Trump podría ser acusado de violar la Constitución y, muy probablemente, destituido.

Mira más contenidos en Facebook, X, Instagram, LinkedIn, YouTube, TikTok y en nuestros canales de difusión de WhatsApp y de Telegram para recibir las noticias del momento.