¿Cuándo los usuarios eléctricos se beneficiarán del riesgo país?
Ha retornado a la prensa económica la disputa de dos grupos de empresas generadoras de electricidad, donde uno de ellos muestra su preocupación por el impacto tarifario sobre el consumidor final y exige modificaciones normativas al Osinergmin y legislativas al Congreso. No se dice cuál sería la cuantía del beneficio si se aprueban sus inquietudes. Afirmo que será del orden del 0.8%.
Dada la preocupación, les doy una herramienta que no necesita ley alguna, pues está legislada hace más de 26 años (art. 79 DL 25884 y art. 22 y 160 DS-009-93-EM). Se llama la variación de la tasa de actualización (TA).
Según las normas legales citadas, la TA está relacionada con la tasa libre de riesgo (bonos del Tesoro americano) y el premio por riesgo país, que se calcula de acuerdo a las calificaciones de riesgo soberano que hacen las calificadoras globales: Moody´s, S&P y Fitch&Rating.
El artículo 160 del DS-009-93-EM señala que se podrá revisar la TA cuando las variables citadas cambien significativamente, mientras el artículo 79 del DL 25844 señala que puede variarse la TA en dos porcentuales ante cada cambio de las variables correspondiendo al Osinergmin encargar el estudio correspondiente.
Nos ha costado mucho sacrificio que el país obtenga la calificación de Grado de Inversión en la posición 8 de 22 puestos de la prelación que consignan las calificadoras. Es más que obvio que crediticiamente el Perú del 2019 es buen referente en la región Latinoamérica, diferente de lo que se tenía en el año 1992, cuando el país era ilegible en el mercado financiero y se fijó la TA en 12%. El avance es tan significativo que deberíamos haber disminuido la TA en 2% en dos oportunidades fijándola en 8%, sin embargo los gobiernos se han hecho los desentendidos.
Desde el 13 de mayo del año pasado, Osinergmin recibió de parte de la empresa Mercados Energéticos Consultores el estudio sobre la revisión de la TA, donde señala que debe disminuirse en 2%. El Ministerio de Energía y Minas tiene este documento hace más de un año y no decide. Es hora de que lo haga ante la preocupación de las generadoras por el consumidor. Así, le aseguro que a nivel domiciliario nos beneficiaríamos con un 8.5% en la facturación mensual.