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¿Conviene al Perú el retiro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos?

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Fecha Publicación: 28/08/2025 - 21:50
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En diversas coyunturas se ha generado un debate público sobre la supuesta necesidad de que el Estado peruano denuncie (se retire) de la jurisdicción que ejerce el Sistema Interamericano de Derechos Humanos sobre nuestro país.
Uno de los argumentos esgrimidos se basa en la defensa de la soberanía nacional, alegando que la OEA, a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana, estaría atentando contra dicha soberanía. Se califica los informes de la Comisión y las sentencias de la Corte como una intromisión en asuntos que serían de estricta competencia interna, los cuales deberían resolverse dentro del marco institucional del Estado peruano.
Por otro lado, existen opiniones que sostienen que sería un grave error denunciar la competencia de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), ya que el país se sometió voluntariamente a dicha jurisdicción, incluido el ámbito contencioso. Esto, como parte de su compromiso ante la comunidad internacional y en reconocimiento del valor de proteger los derechos fundamentales de las personas, especialmente frente al constante riesgo de que estos sean vulnerados.
Sin emitir juicios de valor respecto a ambas posiciones, considero necesario reflexionar con serenidad y objetividad, inspirados en los principios democráticos que deben guiar a la clase política y a la sociedad peruana, teniendo en cuenta los siguientes antecedentes.
El 22 de enero de 1969, en la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA), reunida en San José de Costa Rica, se aprobó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, inspirada en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ambas proclamadas en 1948.
El Perú suscribió dicho pacto y el Congreso de la República lo ratificó el 12 de julio de 1978, lo que le otorgó efecto vinculante. Desde entonces, el Estado peruano se comprometió a garantizar, dentro de su territorio, los derechos reconocidos en ese instrumento.
La Convención contempla dos entidades para asegurar el respeto de los derechos humanos: la Comisión Interamericana, que recibe denuncias e investiga presuntas violaciones; y la Corte Interamericana, que sustancia los casos y emite sentencias.
Pese a que ser parte del sistema ha contribuido a fortalecer la imagen democrática del Perú en el escenario internacional, ciertos fallos o informes han generado malestar por percibirse como desproporcionados. No obstante, ello no justifica retirarse del sistema. En lugar de ello, corresponde alzar la voz cuando se detecten excesos y exigir equilibrio.
Es legítima la preocupación de varios Estados, incluido el Perú, ante algunos sesgos observados. Por ejemplo, decisiones condicionadas por la orientación política del país denunciado. Casos como el del exsecretario ejecutivo de la CIDH, Paulo Abrao, vinculado al gobierno de Lula en Brasil, muestran cómo se pueden manipular procesos con fines ideológicos.
La Comisión y la Corte deben actuar con sobriedad e imparcialidad.
Si bien el artículo 78 del Pacto de San José permite el retiro, hacerlo crearía un precedente innecesario. Lo sensato es mantenernos dentro del sistema, exigiendo respeto, transparencia y mejoras internas en la protección de los derechos humanos, como lo demanda legítimamente el pueblo peruano.

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