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Contradictoria invocación de la Carta Democrática de la OEA

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Fecha Publicación: 02/11/2022 - 23:10
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Los artículos de 17 y 18 de la Carta Democrática invocados por el Ejecutivo presuponen:
“a) Cuando un gobierno considere que esté en riesgo su proceso político institucional democrático o su legítimo ejercicio del poder y solicita la asistencia para el fortalecimiento y preservación de la institucionalidad democrática. Art. 17

b) Cuando se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, y el Secretario General o el Consejo Permanente, con el consentimiento previo del gobierno afectado, dispone visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación.
Como resultado el Secretario General eleva un informe al Consejo Permanente, y éste realiza una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario, puede adoptar decisiones dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento.” Art. 18

Esto es invocado por la amenaza de vacancia, suspensión y procesamiento penal del Presidente fuera de lo dispuesto por el artículo 117 de la Constitución peruana, lo que se considera un riesgo a la institucionalidad democrática y al legítimo ejercicio del poder del Gobierno.

Lo contradictorio de esta intervención de una OEA, que está actuando como instrumento de imposición del gobierno mundial de la ONU, que vulnera la soberanía de las naciones, y que se materializa en la exigencia a los gobiernos de someter a sus pueblos a un plan de transculturización hacia el anticristianismo como base de quiebra moral de las naciones cristianas, y a una quiebra económica, con fines de sujeción política a un Nuevo Orden Mundial anticristiano; es que pretendan darnos clases de institucionalidad democrática y de ejercicio legítimo del poder, que ellos están encargándose de socavar a través de planes y políticas de la Agenda 2030, dirigidas a destruir las naciones.

Lo que deslegitima por completo su intervención en un asunto interno que ha tomado consonancia de crisis, sólo porque el Congreso no ha advertido que se equivocó de camino legal para defender la institucionalidad democrática y la vida de la nación.

Han permitido, y algunos congresistas colaborado, a la realización de los delitos de genocidio y crímenes de lesa humanidad que viene cometiendo este gobierno, incurriendo en delito de traición a la Patria, art. 325 del C. Penal, por colusión con organización criminal internacional que sirve a intereses extranjeros de dominación política, económica y social del Perú; lo cual nunca será observado por la OEA, porque está sirviendo a los mismos fines.

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