Congresistas: ¡limpien la Fiscalía!
Son momentos de definiciones. No adoptarlas –incluso a la brevedad– sería traicionar al país. Señalamos ayer la urgencia de definir el retorno de la Policía Nacional (PNP) como parte integrante de la investigación delincuencial, papel en el que tuvo destacadísima función la entonces Policía de Investigaciones. Esta iniciativa del Congreso viene debatiéndose entre comisiones, lo que, sin duda, merece no solo especial cuidado e interés de su parte sino, sobre todo, prontitud en su definición. Ayer, EXPRESO publicó –como semanalmente lo hace en provecho del lector– un amplio espacio a cargo del reconocido hombre de leyes Dr. Luis Lamas Puccio, que en esta oportunidad trató este tema bajo el titular: “Policías y fiscales al borde del choque”. Se refiere, reiteramos, al citado Proyecto de Ley 7202-2023-CR, orientado a modificar el Código Procesal Penal, en el sentido que acá reseñamos. La iniciativa respeta que el Ministerio Público se encargue de la prueba, retomando la conducción de las investigaciones la Policía Nacional para, a través de ella, probar la responsabilidad y/o inocencia del sujeto bajo investigación. Requiere, además, que el Ministerio Público conduzca la parte jurídica de las acciones investigativas –en adelante a cargo de la Policía (PNP), repetimos, aunque bajo supervisión de la Fiscalía– y eventualmente la tutela de un juez. Aunque precisa que la PNP se encargaría, exclusivamente, de la fase investigatoria preliminar, sujeta a la dirección jurídica y orientadora de la Fiscalía. Finalmente, este proyecto de ley dictamina que no existe subordinación o sometimiento alguno de la Policía Nacional ante el Ministerio Público.
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