Competencias en el Estado y abusos del poder
Cuando se ha quebrado el orden constitucional, más allá de la cuestión formal de puro derecho, opera un quebrantamiento moral y espiritual de la nación, que no se ve, pero que tiene efectos desastrosos en el comportamiento de los funcionarios en todos los poderes del Estado, es como si todos percibieran que algo se les quebró en la conciencia, cuando permitieron o promovieron por intereses de todo tipo, la violación de la Constitución.
Entonces el Estado se convierte en tierra de nadie, y espacio propicio para el abuso del poder; los congresistas aprueban leyes que les convienen a ellos y a sus partidos, pisoteando normas constitucionales, o modifican la Constitución como si fuera reglamento de club de barrio; la mayoría de los jueces y fiscales apoyan la posición del más fuerte políticamente, por temor a ser defenestrados; los militares y policías se cuadran ante los que dominan el escenario político; y los funcionarios públicos, en general, colaboran con la corrupción que sustenta el abuso del poder en el gobierno.
En el Perú, se ha quebrado el orden constitucional, al extremo que llueven demandas de competencia constitucional en el TC, sobre aspectos que están tan claramente establecidos en la Constitución, que han obligado al TC a repetirles lo que dicen textualmente sus normas respecto a la competencia del Ministerio Público y de la Policía Nacional, y enviarlos a que coordinen su cumplimiento; y precisarle al Ejecutivo y Ministerio Público que no se puede acusar a un presidente de la república en función, por lo que no está contemplado en el artículo 117 de la Constitución, en tanto congresistas inhabilitan fiscales de la nación por no acusarlo por supuestos delitos comunes.
El problema es que la quiebra del orden constitucional se produjo con la detención y encarcelamiento de un presidente en función, por supuesta flagrancia en la comisión de delitos que el presidente no puede cometer, por tener el mando legal del gobierno y de las Fuerzas Armadas, y se hizo en temeraria transgresión de normas constitucionales y penales, por acción delictiva visiblemente coordinada entre la Fiscalía de la Nación y los altos mandos policiales, y una confabulación de congresistas y líderes de partidos que hicieron ostensible su participación; lo que no ha ameritado hasta hoy una debida investigación penal.
Y son los que dicen que la resolución del TC no le alcanza a Pedro Castillo, cuando esa resolución solo ha repetido lo que la Constitución ya decía desde 1993. No hay nada que aplicar después de la resolución, lo que hay que aplicar es la Constitución, sin abuso del poder.
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