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Bicameralismo imperfecto

Fecha Publicación: 09/09/2019 - 21:50
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Históricamente, nuestro país, con excepción de las Constituciones de 1823, la bolivariana o vitalicia de 1826 y la de 1867, ha seguido siempre el régimen bicameral para el poder legislativo. A saber, existe Bicameralismo imperfecto cuando existen dos Cámaras parlamentarias. Una desempeña funciones políticas del Parlamento. La otra es una Cámara más deliberada y técnica; por lo tanto, existe una clara diferenciación de funciones entre una Cámara y otra. Bicameralismo perfecto, cuando existen dos Cámaras parlamentarias que desempeñan funciones políticas y legislativas, pero se diferencian en las facultades de ejercicio del juicio político o antejuicio.

Y pseudo Bicameralismo, cuando existen dos Cámaras parlamentarias, en las que una desempeña funciones políticas del Parlamento, así como del grueso de las funciones legislativas y la otra Cámara funciona, pero con muy limitado poder. Dentro de la clasificación de este sistema, existe, además, el Unicameralismo perfecto, cuando hay una sola Cámara, pero con la particularidad de que esta desempeña funciones de un Parlamento en forma integral; Unicameralismo imperfecto existe con una sola Cámara y desempeñó funciones de un Parlamento pero en forma integral, ya que hay un órgano en el Parlamento que obra como una segunda Cámara en pequeño; y, Tricameralismo, cuando existen tres Cámaras parlamentarias en las que se asume funciones de garante del cumplimiento de ciertas normas y del control de las otras dos Cámaras.

Está demostrado que el unicameralismo no ha satisfecho las expectativas. No ha tenido mayor producción legislativa, por el contrario, se ha dedicado a investigar inquisitorial y querulantemente, dejando de lado su función primordial, elaborar y aprobar proyectos de ley que mejoren la calidad de vida del país, ello sin tener en cuenta que las cifras han demostrado, hasta hoy, que es el Poder Ejecutivo quien se ha llevado el primer lugar en la presentación de propuestas legislativas. Propongo, por ello, desde hace tiempo, un bicameralismo imperfecto, reformulando el que existió en el pasado, en el que las Cámaras están claramente definidas y diferenciadas. Que no se trate de Cámaras mellizas ni elegidas ambas mediante voto popular. Que sean asimétricas, imperfectas en su origen y función. Eligiendo a la Cámara Baja por circunscripciones departamentales o provinciales y al Senado a través del distrito electoral regional, otorgándosele al primero la posibilidad de interpelar y censurar, mas no al segundo. Y funcional porque debe ser un cuerpo alfabeto por excelencia, además de corporativo, técnico y especialista. Ese es mi voto.