Anulada la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y elecciones este 2024
Removidos Inés Tello y Aldo Vásquez, 2 de los 7 miembros de la JNJ; esta JNJ despediría al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y casi simultáneamente al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y vacaría a la Presidenta de la República. Este es el “plan” al que está dedicada a tiempo completo la mayoría congresal con una convicción loca de poder cumplirlo.
Removidos los 2 magistrados nombrados y rehusándose uno de los miembros de la JNJ, esta institución importantísima no tiene quorum; en consecuencia no puede removerse al Jefe de ONPE ni al Presidente del JNE.
Además, ninguno de sus 3 accesitarios acepta asumir los cargos expresando que no pueden encubrir las impensables transgresiones de la Constitución y del Reglamento del Congreso:
I) La decisión de removerlos tenía que tomarse en un Pleno de 130 congresistas con 87 votos mínimo; II) Notificar con esa Resolución a la JNJ y pasar el expediente a la Comisión Permanente del Congreso (30 congresistas) para que allí ejerzan su defensa, pero lo hicieron en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, que no es instancia resolutiva ; III) Debían verse en 2da instancia, en el Pleno (100 congresistas), que si sumados los votos positivos en ambas instancias dan 87, los acusados quedan en suspenso; IV) Habiendo connotación penal, es obligación inexorable del Fiscal de la Nación, acusar ante la Corte Suprema; y V) Si la Corte Suprema absuelve, los acusados recuperan sus cargos políticos, ipso jure.
Plan propio de políticos facinerosos, que al 15 de Junio debía estar culminado con convocatoria de elecciones generales, con congresistas reelectos y un Senado instalándose el 28 de julio de 2024. En los hechos ya no hay JNJ en el país porque el Congreso ha lesionado profundamente el Estado de derecho.
Y hoy 8 de mayo, acaba de llegar una misión especial de la OEA para tomar conocimiento in situ y convocarse conforme al Convenio CARTA DEMOCRÁTICA INTERAMERICANA, una Asamblea Extraordinaria que autorice su intervención legítima para restablecer el Estado de Derecho como en el año 2000.
La Presidenta Boluarte conforme al artículo 118-9 debe: “Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales”.
La Resolución que tiene que hacerse cumplir es la de la 3ra Sala Constitucional Superior que anula la Resolución congresal y repone a Inés Tello y Aldo Vásquez en sus cargos.
Honor histórico de la Presidenta Boluarte: Resolver nuestros problemas internos sin injerencia supranacional.
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