ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Alentando la comisión de un delito

Fecha Publicación: 08/04/2019 - 22:00
Escucha esta nota

Hace unos días un juzgado constitucional de Lima, declaró fundada la acción de amparo interpuesta por una mediática funcionaria municipal, luego que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC – denegara inscribir el pretendido “matrimonio” de ella con otra mujer, celebrado en Miami.

A propósito de esta decisión que, obviamente es apelable, y debe serlo, por el procurador a cargo de los asuntos del RENIEC, hemos presenciado posiciones de dos congresistas, uno de ellos nada menos que también ministra de la Mujer, y otro activista gay (que dicho sea de paso en modo alguno señaló esa vocación en su campaña electoral para llegar al Congreso en la lista PpKausa).

La primera, incurriendo en ignorancia inexcusable de nuestra Constitución y leyes, espeta que el matrimonio homosexual es un derecho y el segundo llega aún más allá pues insta a que el procurador competente, funcionario que de acuerdo a la Carta Fundamental y la ley está llamado a defender los intereses del Estado, no cumpla con su deber funcional y omita impugnar lo resuelto por el juez de primera instancia.

Nuestro normativa constitucional y legal es clara cuando reconoce al matrimonio como una institución natural y precisa que la unión de hecho, que se asimila a aquél a efectos de la comunidad de bienes,  solo cabe entre hombre y mujer.

No me extenderé en aquello tan elemental y biológico de la distinción  entre hombre y mujer definida a nivel celular, sin posibilidad de ser cambiada.

Sí destacaré que el solo hecho que dos mujeres residentes en el Perú hayan viajado a otro país, EEUU de América y en él a un estado como Florida que reconoce legislativamente el denominado “matrimonio” entre personas del mismo sexo, es la prueba palmaria de que aquí, en un país soberano como es el Perú, la legislación es distinta y no admite tal “matrimonio”. De otro modo lo hubieran celebrado aquí.

Que ellas regresen luego para pretender que el RENIEC inscriba ese “matrimonio” no reconocido por nuestro sistema normativo, por lo menos revela que las interesadas creen en una suerte de  imperialismo o colonialismo legislativo. Por lo demás me hace recordar el “matrimonio” al que recurrían personas heterosexuales que aquí no se podía casar porque uno o ambos eran ya casados: un engaño.

Sin embargo, resulta inaceptable que un congresista aliente la comisión de un delito – la omisión de funciones lo es- sugiriendo que el RENIEC no impugne la sentencia.

Es además una inmoralidad  inaceptable. El fin no justifica los medios.