TC declara fundada medida cautelar solicitada por JNJ y ordena suspender trámites en PJ
Entre los amparos, se encuentra uno presentado por Delia Espinoza.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la medida cautelar solicitada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y ordenó suspender los trámites en el Poder Judicial (PJ) relacionados con tres procesos de amparo, entre ellos el presentado por la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza, recientemente inhabilitada.
Por mayoría, los magistrados del TC determinaron que la suspensión provisional de los procesos judiciales era necesaria para garantizar el ejercicio adecuado de las funciones disciplinarias de la JNJ.
En su resolución, el TC advirtió que la medida adoptada por el Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima “puede derivar en lesión irreparable a la esfera competencial de la JNJ, por menoscabo de atribuciones constitucionales”.
El tribunal también subrayó que, al disponer la restitución de Espinoza y suspender el proceso disciplinario, el juzgado “está obstruyendo manifiestamente, con un blindaje anómalo, el ejercicio de la potestad disciplinaria asignada directamente por la Norma Suprema a la JNJ”.
El TC indicó que la suspensión provisional “no es susceptible de control judicial por la vía del amparo o del proceso contencioso-administrativo de manera independiente del acto definitivo en el procedimiento disciplinario, en tanto constituye un acto o decisión específica que forma parte del proceso disciplinario en sí que se adopta para un mejor desarrollo del mismo”.
Con ello, reforzó la idea de que la JNJ mantiene plena autoridad sobre los procesos disciplinarios, sin interferencia de otros órganos.
La decisión se produce luego de admitir a trámite la demanda competencial presentada por la JNJ contra el PJ, y de disponer que el Poder Judicial se apersone al proceso y conteste dentro de los 30 días hábiles tras su notificación.
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Además, el TC ordenó suspender el trámite del amparo y medida cautelar que buscaba anular el proceso de elección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, asegurando que los procedimientos internos del organismo continúen sin obstáculos.
El fallo detalla que las resoluciones judiciales de agosto a noviembre de 2025, relacionadas con los expedientes de amparo, quedan suspendidas hasta que el TC emita la sentencia definitiva.
Entre estas se incluyen las resoluciones que habían dispuesto la suspensión de efectos de diversos expedientes, como el 10506-2025-26-1801-JR-DC-09, vinculado directamente a Espinoza.
El tribunal enfatizó que su actuación busca la tutela del interés público y la defensa de la Constitución, asegurando que “ningún órgano jurisdiccional puede comprometer el ejercicio de las competencias constitucionales de la JNJ”.
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