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Yessenia Lozano, llamada 'hija política de César Acuña', sí infringió neutralidad electoral

Funcionaria del Parlamento hizo propaganda a favor de APP.

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Yessenia Lozano, llamada 'hija política de César Acuña', sí infringió neutralidad electoral.
Fecha Publicación: 16/05/2025 - 09:39
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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 resolvió que Yessenia Lozano Millones, actual jefa del Centro de Modalidades Formativas del Congreso de la República y afiliada a Alianza para el Progreso (APP), infringió el principio de neutralidad electoral al exhibir en su oficina una fotografía de César Acuña, gobernador regional de La Libertad y líder de aquella agrupación política.

El órgano electoral consideró que Lozano transgredió la normativa vigente al instalar en un espacio público elementos asociados a un partido político. “La señora Jaqueline Yessenia Lozano Millones ha incurrido en la infracción contenida en el numeral 32.2.4, que prohíbe hacer propaganda a favor de alguna agrupación política o candidato”, detalló la resolución emitida por el pleno del JEE.

Las diligencias constataron que, dentro del despacho institucional, Lozano mantenía un retrato del fundador de APP acompañado del logotipo de esa agrupación. La resolución remarca que el espacio intervenido, al ser una dependencia estatal con fines de formación profesional juvenil, no puede contener símbolos de filiación partidaria.

El JEE también enfatizó el agravante de que Lozano ejerce actualmente como personera legal alterna nacional de APP. “Su cargo implica pleno conocimiento de la normativa electoral y de ética pública, especialmente en contextos preelectorales como el actual”, puntualizó el colegiado.

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Frente a la decisión, el JEE dispuso remitir copias del expediente al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y al Congreso, para que actúen dentro de sus competencias una vez quede firme la resolución.

En su defensa, Lozano rechazó haber cometido una falta e insistió en que no protagonizó “acto alguno de persuasión o convocatoria” que pudiera interpretarse como proselitismo. “La simple presencia de una imagen no constituye propaganda política”, argumentó.

No obstante, el órgano electoral reafirmó que la neutralidad exige no solo abstención de actos explícitos, sino también de cualquier señal que pueda interpretarse como respaldo institucional a una agrupación en contienda.

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