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Todos por el Perú fuera de la carrera electoral

Mesa Directiva que efectuó elección de candidatos no estaba facultada para realizar dicho proceso.

Fecha Publicación: 21/12/2019 - 20:20
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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos por Lima al Congreso del partido político Todos por el Perú (TPP).

La resolución (N° 0468-2019-JNE) también declaró nulo todo lo actuado en el expediente y la resolución que concedió el recurso de apelación de tacha a la referida lista.

El pasado lunes 16, el partido presentó una acción de garantía contra el JNE por haber declarado, el último 13 de diciembre, improcedente la misma lista de candidatos para estas elecciones 2020.

El organismo electoral había dispuesto no aceptar esta inscripción debido a que Todos por el Perú incumplió las normas de democracia interna al momento de elegir a sus candidatos.

Según el dispositivo legal publicado en el diario oficial El Peruano, el defecto en la democracia interna del partido, que fue detectado previamente en las listas de TPP en los distritos electorales de Puno, Callao, Áncash y Huancavelica, es de alcance nacional y no únicamente de los distritos señalados.

“La Mesa Directiva que llevó a cabo el proceso eleccionario para elegir a los candidatos de elección popular que participarían en las elecciones 2020, a nivel nacional, no estaba facultada para realizar dicho proceso”, sostiene.

La decisión fue puesta en conocimiento de los demás Jurados Electorales Especiales (JEE) que admitieron listas de Todos por el Perú para que adopten las medidas pertinentes, de conformidad con el criterio del JNE.

La agrupación política presentó listas para las elecciones 2020 en Lima, Lima Provincias, Arequipa, Lambayeque, Ucayali (Coronel Portillo), Ayacucho, Junín, Huánuco, Ica, San Martín (Moyobamba), Tacna y La Libertad.

El organismo electoral subrayó que al resolver la tacha interpuesta contra la lista de TPP de Lima “no tuvo oportunidad de declarar la improcedencia de la lista”.

ECONOMÍA PROCESAL

“A efectos de salvaguardar los principios de celeridad y economía procesal, en estricto cumplimiento de las atribuciones del Supremo Tribunal Electoral, y en aras de mantener el Estado de derecho”, se declaró la improcedencia de la lista de candidatos del TPP.

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