Pedido de Pedro Castillo a la CIDH no procede
Comisión Interamericana solo interviene cuando se agota la vía legal interna. Mientras tanto, el Foro de Madrid entregó documento a la OEA denunciando la injerencia política en Perú.
El recurso legal presentado por la defensa de Pedro Castillo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para obtener su libertad y reposición en el cargo de presidente del Perú no tendría ningún asidero jurídico.
Muy en el fondo, el pedido anunciado hace algunos días por el exministro de Defensa, Walter Ayala, tendría intenciones básicamente políticas con la finalidad de generar un “ruido” internacional en beneficio de una red izquierdista que busca extender sus tentáculos en toda la región.
Los abogados de Castillo Terrones han recurrido a la CIDH sin haber agotado las vías legales en el Perú. El premier Alberto Otárola había advertido de las pretensiones del exmandatario de “internacionalizar” su caso ante la demora de la justicia peruana para procesarlo.
EXPRESO buscó la versión de exministros de Relaciones Exteriores, internacionalistas y expertos en temas legales, quienes coincidieron en una misma opinión: una propuesta de esta naturaleza no tiene ningún sentido ya que jamás un organismo como la CIDH ha repuesto en sus funciones a un presidente golpista.
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Ni siquiera el caso de Gustavo Petro (hoy presidente de Colombia), quien fue repuesto en su labor de alcalde de Bogotá en vía administrativa de su país, tiene similitud pues el actual mandatario recurrió al sistema interamericano por violación de sus derechos políticos del Estado colombiano, que es muy diferente.
De otra parte, la recomendación de los especialistas es unánime: crear un equipo de trabajo que acuda a instancias internacionales a explicar detalladamente que Castillo es responsable y no víctima de la crisis sociopolítica desatada en el país tras su detención.
Argumentos insulsos
El exmiembro del Tribunal Constitucional, Víctor García Toma, explicó detalladamente por qué los argumentos de la defensa de Castillo Terrones no llegarán a buen puerto.
“El artículo 205 de la Constitución señala expresamente que las personas tienen derecho a acudir al sistema interamericano de defensa de derechos humanos una vez concluidas cada una de las etapas de la jurisdicción interna, pero ese no el caso de Pedro Castillo que tiene dos investigaciones abiertas desde el pasado 7 de diciembre (día de la intentona de golpe de Estado) y por las cuales sus abogados han presentado recursos de apelación, recursos de casación y han interpuesto una demanda de hábeas corpus y de amparo”.
Entonces, ¿por qué los abogados de Castillo buscan obtener su libertad a través de la CIDH? El extribuno parece tener la respuesta: “Aquí no solamente hablamos del financiamiento a los abogados, hemos visto a personajes de segunda línea en el Perú como Anahí Durand y Pasión Dávila que se están paseando por varios países defendiendo a Castillo y eso lo paga alguien. En consecuencia, es una campaña internacional que está generada por grupos de la extrema izquierda que intentan presentar a Castillo como un pendón en la lucha por la captura de América Latina”.
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En estas declaraciones García Toma se refiere al grupo denominado “Comité para la Liberación de Pedro Castillo”, creado para conseguir la libertad del exjefe de Estado. Este equipo es liderado por el congresista Pasión Dávila (Bloque Magisterial); la exministra de la Mujer, Anahí Durand; el abogado Wilfredo Robles; la exprefecta de Lima Jame Huamaní; la activista Lourdes Huanca y la cuñada-hija de Castillo, Yenifer Paredes.
En este punto vale precisar que Pasión Dávila se encuentra 120 días suspendido de sus funciones congresales por agredir físicamente a su colega Juan Burgos en un pleno del Parlamento.
El también exministro de Justicia aclaró por qué no se puede utilizar como antecedente el caso de Gustavo Petro para pedir la reposición de Castillo en la Presidencia de la República. “Petro fue alcalde de Bogotá y por supuestos actos de corrupción fue destituido. Sin embargo, con mucha ignorancia se ha dicho que el sistema interamericano lo reincorporó en sus funciones como alcalde y que ese sería el precedente del caso Castillo: eso es falso. Es cierto que Petro fue destituido por un órgano administrativo, pero fue repuesto en la misma vía dentro de los 30 días en el mismo cargo. No fue la Corte Interamericana la que lo repuso”.
Por Martín Rodríguez
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